Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/03/2007 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

2

Córdoba, 7 de marzo de 2007

LEYES
PODER LEGISLATIVO
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

LEY: 9364
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRANSE de utilidad pública y sujetos a expropiación para la ejecución de la Obra: Pavimentación Ruta Provincial E-57 - Camino del Cuadrado - Tramo: Intersección Ruta Provincial E-53 - Intersección Ruta Nacional N 38 - Sección:
Intersección Ruta Provincial E-53 - Progresiva 22900 Expediente N 0045-012666/04, los inmuebles, algunos de ellos parte de una mayor superficie, ubicados en Villa Bello Horizonte -antes El Puestito-, Pedanía Río Ceballos, Departamento Colón, que conforman en total una superficie de cinco mil cuatrocientos sesenta y ocho metros cuadrados con ochenta y ocho decímetros cuadrados 5.468,88 m2, que se describen en el Plano de Mensura Parcial que se adjunta -compuesto de una 1 foja útilformando parte integrante de la presente Ley, y cuyos Dominios figuran inscriptos en Matrículas Folio Real N 958251, 958252, 958259, 958261, 958262, 958263, 958264, 958266, 958270, 958271, 958272, 958273 y 958275.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTIOCHO
DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL SIETE.

ERNESTO FUNES VÉLEZ
PROSECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 274
Córdoba, 28 de Febrero de 2007
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 9364, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.

JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO OCHOCIENTOS
SESENTA Y CINCO -SERIE A.- En la ciudad de CORDOBA, a veintisiete días del mes de febrero del año dos mil siete, con la Presidencia de su titular Doctor Armando Segundo ANDRUET
h, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Doctores María Esther CAFURE de BATTISTELLI, Aída Lucia Teresa TARDITTI, Domingo Juan SESIN, Luis Enrique RUBIO, María de las Mercedes BLANC
G. de ARABEL y Carlos Francisco GARCIA ALLOCCO, con la asistencia del Director General de Superintendencia Dr. Miguel Ángel DEPETRIS y ACORDARON:
Y VISTO: La próxima vacancia del Juzgado Correccional de Tercera Nominación del Centro Judicial Capital por la jubilación del magistrado Dr. Rubens Gerardo Druetto.Y CONSIDERANDO: I. Que deben afrontarse las tareas que posibiliten el traspaso ordenado de procesos hacia los demás Juzgados Correccionales y que también sean funcionales a la etapa previa de la implementación de la Justicia de Ejecución Penal.
Estas medidas, similares a las adoptadas en los Acuerdos Reglamentarios Nº 778 Serie A del 28-06-2005; Nº 782, Serie A del 03-08- 2005; Nº 791, Serie A del 20-9-2005; Nº 830
Serie A del 24-07-06 correspondiente al Juzgado Correccional de Río IV y N 834 Serie A del 08-08-2006 correspondiente al Juzgado Correccional de San Francisco, son las siguientes:
a Excluir al Juzgado Correccional de Tercera Nominación del Centro Judicial de Capital de la recepción de nuevas causas a partir de la fecha del presente Acuerdo.b El personal superior e inferior del Juzgado Correccional de Tercera Nominación procederá a efectuar un inventario de causas activas y latentes.
Se entenderá por causas activas los procesos en trámite con o sin preso, con o sin parte civil o querellante ingresados hasta la fecha del presente Acuerdo; los procesos en los cuales se hubiera dispuesto la suspensión del juicio a prueba, los procesos en los que se haya dictado sentencia condenatoria o absolutoria no firmes, y también los procesos en los que se hubiere dictado sentencia firme y estuviera pendiente su cumplimiento.
Se entenderá por causas latentes los procesos en los que hubiere transcurrido un plazo equivalente al de la prescripción de la acción y todos aquellos que se encuentren paralizados.

LEY: 9363
ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el artículo 1º de la Ley Nº 9290, el que queda redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRASE de utilidad pública y sujeto a expropiación para la ejecución de la Ruta Provincial E 52 -Tramo: La Tordilla - Arroyito, el inmueble sito en Arroyo de Los Leones, Pedanía Arroyito, Departamento San Justo, el mismo se describe en el plano de Mensura Parcial que se acompaña, como parte de una mayor superficie a ocupar de 2 Has. 9.956 m2 dos hectáreas, nueve mil novecientos cincuenta y seis metros cuadrados y cuyo Dominio figura inscripto al Nº 17035 - Folio: 26884 - Tomo: 108 - Año: 1972, a nombre de Elsa Esther GAIDA de CANELLO.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTIOCHO
DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL SIETE.
MARÍA IRENE FERNÁNDEZ
VICEPRESIDENTA
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
ERNESTO FUNES VÉLEZ
PROSECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

ACUERDOS
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

MARÍA IRENE FERNÁNDEZ
VICEPRESIDENTA
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

ARTÍCULO 2º.- EL Ministerio de Finanzas dispondrá lo pertinente a fin de reflejar presupuestariamente lo dispuesto en el artículo 1
de la presente Ley.

DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERINTENDENCIA

PODER LEGISLATIVO

En ambos casos, se incluirá en cada listado del inventario la individualización de las carátulas y la cantidad total de causas activas y latentes, tanto en soporte papel como informático. La prioridad para el inventario la tendrá el correspondiente a las causas activas.
c De conformidad a la previa consulta con los señores Jueces Correccionales, las causas activas serán distribuidas equitativamente entre los Juzgados de Segunda y Cuarta Nominación, atento la vacancia transitoria del Juez Correccional de Primera Nominación.
d Las causas latentes serán remitidos al Archivo y si algunos de ellos se requiriese resolución o fuese necesario completar la tramitación se distribuirán entre los tres Juzgados Correccionales en cantidades equivalentes.II. Si bien el personal de los Juzgados Correccionales tanto de la Ciudad de Córdoba y de otros asientos judiciales realizó en 2005
un Curso de Capacitación, a través del Centro de Perfeccionamiento Ricardo C. Núñez, relativo a la nueva competencia en materia de ejecución de penas y medidas de seguridad, corresponde instruir a la Dirección General de Superintendencia para que verifique la disponibilidad del personal superior e inferior y, en caso negativo, viabilice las permutas.- Asimismo deberá emprender la selección del personal superior e inferior que prestará servicio en el Juzgado de Ejecución de Cruz del Eje.
III. Instruir al Área de Infraestructura para la localización en el edificio del Poder Judicial de Cruz del Eje del Juzgado de Ejecución, con la colaboración de las Direcciones Generales de Superintendencia y de Administración en el ámbito de sus respectivas áreas.
Por todo ello, el Tribunal Superior de Justicia en ejercicio de las atribuciones de superintendencia Constitución Provincial, Art. 166, 2º y LOPJ, Art. 12, 1º, RESUELVE: I.- APROBAR el procedimiento de traspaso de las causas radicadas por ante el Juzgado Correccional de 3ra.
Nominación del Centro Judicial de Capital, de conformidad a lo establecido en el Considerando del presente Acuerdo.II.- HACER saber el contenido del presente Acuerdo a los demás Juzgados Correccionales de Capital.III.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia.
Comuníquese a la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba, a los distintos Colegios de Abogados, a los tribunales y dependencias involucradas y dese la más amplia difusión.Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 273
Córdoba, 28 de Febrero de 2007
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 9363, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

la asistencia del Dr. Miguel Ángel Depetris, Director General de Superintendencia.DR. ARMANDO SEGUNDO ANDRUET H
PRESIDENTE
Dra. MARÍA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI
VOCAL
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. DOMINGO JUAN SESIN
VOCAL
DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCAL
DRA. MARÍA DE LAS MERCEDES BLANC G. DE ARABEL
VOCAL
DR. CARLOS FRANCISCO GARCIA ALLOCCO
VOCAL
DR. MIGUEL ÁNGEL DEPETRIS
DIRECTOR GENERAL DE SUPERINTENDENCIA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/03/2007 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha07/03/2007

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4192

Primera edición01/02/2006

Ultima edición02/08/2024

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