Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 26/12/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, como MAESTRO DE AÑO
C.F. 9-11-99-01 en los establecimientos educacionales que se consignan, durante los periodos que en cada caso se indican:

a. U.E. 08-02-2-1-2-06 Escuela Nº 6 Centenario
GISELA MEDINA Legajo Nº 31.662/66 CUIL 27-35244699-3 Nº de orden R-3275, a partir del 8 y hasta el 21 de noviembre de 2022, en reemplazo de la agente Lady Elizabeth Mendiola Legajo Nº 34.491.

b. U.E. 08-02-2-1-2-15 Escuela Nº 15 Juan A. Fava
ANDREA SILVINA REA Legajo Nº 36.085/53 CUIL 27-31277190-5 Nº de orden R-3700, a partir del 11 y hasta el 16
de noviembre de 2022, en reemplazo de la agente María Fernanda Orqueda Legajo Nº 30.149.

ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º durante los períodos que allí se indican, de l a BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE Desfavorable I del TREINTA POR CIENTO 30% del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, de l a BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los periodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000
- UER 10 - F.Fin. 110 - Fin./Fun. 3-4-2 Programático 25-00-00 - Inc. 1 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 para el Art. 2º: P.P. 2 P.p. 2 - P.Sp. 1 Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 Ap. 5 - para el Art. 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 Ap. 14 - para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 3 - F.Fin. 131.

ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
l.G.

Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
Pag. 48

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 26/12/2022

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha26/12/2022

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2022>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031