Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 22/12/2021

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

1283/21, en reemplazo de la agente Maria Gabriela Lo Bosco Legajo Nº 27.550.

MAESTRO DE AÑO C.F. 9-11-99-01

e U.E. 08-02-2-1-2-15 Escuela Nº 15 Juan A. Fava
JOSUA ISMAEL ACI Legajo Nº 31.379/64 CUIL 20-37557505-2 Nº de Orden R- 3637, a partir del 29 de noviembre y hasta el 10 de diciembre de 2021 o reintegro de titular o cese de funciones con expresión de causa, accediendo al cargo por Listado Ocial del Tribunal de Clasicación Docente. Asamblea Extraordinaria Res. 1283/21, en reemplazo de la agente Lorena Beatriz Solari Legajo Nº 33.567.

ARTÍCULO 2º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR FUNCIÓN DIFERENCIADA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTÍCULO 3º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º Incs. a, b, c y e, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTÍCULO 4º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTÍCULO 5º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º Incs. a, c y e, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE Desfavorable I del TREINTA POR CIENTO 30% del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTÍCULO 6º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. b, c y d, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTÍCULO 7º.- Acordar, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. e, durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTÍCULO 8º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - para los Jardines de Infantes Programático: 24-00-00 - para la Escuela Programático 25-00-00 Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 Ap. 3 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 Ap. 14 - para el Art. 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 3 - F.Fin. 1-3-1 - para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p.
2 - P.Sp. 1 Ap. 2 - para el Art. 6º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 Ap. 1 - para el Art. 7º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 Ap. 5.

Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
Pag. 44

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 22/12/2021

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha22/12/2021

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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