Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 08/03/2021

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

mediante el uso de tunelera, los mismos deberán estar protegidos mediante un cerco perimetral, debiendo contar con la señalización correspondiente. En todos los casos se garantizará el libre escurrimiento superficial de las aguas de lluvia.
En caso de que la Empresa Contratista no posea en stock las baldosas idénticas al frente donde se debe realizar el zanjeo, no podrá realizar el mismo con excepción de presentar ante este departamento una nota rmada por el frentista autorizando a hacer un contrapiso de material liviano provisorio hasta la colocación de las correspondientes baldosas.
b. Zanjas abiertas: Las zanjas efectuadas no podrán permanecer más de 24 horas abiertas, en caso que razones de fuerza mayor, debidamente justicadas, no permitan su tapado dentro de la jornada diaria laboral, deberán ser cubiertas con tapas ciegas, de resistencia suciente, para permitir el paso de peatones y vehículos y aseguradas para que no puedan ser removidas por agentes extraños o fenómenos atmosféricos.
c. Señalamiento Nocturno: Durante la noche deberán colocarse señales reglamentarias que indiquen la realización de los trabajos y el peligro por medio de carteles y balizas con luces rojas de atención e iluminación de los carteles.
d. Reparación de veredas: La reparación de las veredas se efectuará, previo compactado mecánico del terreno en capas de 0,20 m, dentro de las cuarenta y ocho 48 horas de concluido el cierre de las zanjas. Se reconstruirá un contrapiso de hormigón de 300 kg/m3 de cemento y 0,10 m de espesor y sobre éste un solado de similares características al existente.

ARTÍCULO 3º. - Previo a la iniciación de los trabajos, la Empresa deberá solicitar por nota y con VEINTICUATRO 24
horas de anticipación la intervención del Departamento de Control Obras de Gas y Electromecánicas para el labrado del acta respectiva, debiéndose cumplimentar lo establecido en las leyes de Higiene y Seguridad en el Trabajo, Ordenanzas 8610, 9147 y Decreto Reglamentario 1013/94, siendo el plazo de obra de SESENTA 60 días corridos.

ARTÍCULO 4º.- La Empresa deberá dar cumplimiento al protocolo de prevención para proteger la salud de los trabajadores en la obra determinado por la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano, ante la situación de emergencia sanitaria que se ha producido por el COVID 19.

ARTÍCULO 5º. - Dejar expresamente aclarado que la autorización otorgada por la presente, está condicionada al compromiso de la Empresa de efectuar el retiro o traslado de las instalaciones cuando las mismas afecten o restrinjan los derechos de los propietarios frente a cuyos inmuebles se ejecuten las obras o en circunstancias en que así lo exija la Municipalidad, con motivo de trabajos y obras públicas que colisionen con las instalaciones de referencia.

ARTÍCULO 6º. - Establécese que la presente Resolución se acuerda para realizar esta obra bajo la exclusiva responsabilidad de la Empresa Contratista y de la Contratante dentro de las condiciones y normas previstas en el Pliego Tipo, Reglamento de Extensiones de Red de Gas Natural y disposiciones vigentes del ENARGAS y CAMUZZI GAS
PAMPEANA S.A., siendo además de aplicación, a todos los efectos emergentes de la presente Resolución, las disposiciones de la Ordenanza General N 165/73 -, T.O. según Decreto N 1138/86, Cap. I Art. 9 inc. b y Art. 132º inc.
b de la Ley Orgánica de las Municipalidades, obra de costo cubierto.-

ARTÍCULO 7º. - Fijar en trescientos sesenta 360 días la vigencia de la presente autorización. Si vencido el plazo no se han dado comienzo a los trabajos, la misma caducará automáticamente.

ARTÍCULO 8º. Regístrar, dar al Boletín Municipal y notifícar del presente por intermedio del Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas a la Empresa.
Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
Pag. 250

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 08/03/2021

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha08/03/2021

Nro. de páginas292

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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