Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 04/08/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

DECNU-2020-408-APN-PTE; DECNU-2020-459-APN-PTE, DECNU-2020-493-APN-PTE, DECNU-2020-520-APN-PTE, DECNU-2020-576-APNPTE, DECNU-2020-605-APN-PTE y por último el DECNU-2020-641-APN-PTE del Poder Ejecutivo Nacional.

Que la Ordenanza N 24.764, promulgada por el Decreto 1040/2020, crea la Comisión Especial de Reactivación Económica, la cual se reunió el 3 de Agosto de 2020 y recomendó que se reactiven las siguientes actividades: Rehabilitación cardíaca;
Diseñadores de alta costura; Servicios en general Agencias de RRHH, Alquiler de autos, similares; Clínicas de cirugía estética; Predio Ferial Espacio Unzué; Academias de Surf y Academias de fotografías y modelos.

Que, asimismo, se recomendó la implementación de las siguientes actividades con prueba de 14 días: Prueba Piloto: Actividad física - Modalidad de baja intensidad. Natatorios, Yoga, Pilates, Gimnasios y similares; Pruebas de: Entrenamiento físico individual al aire libre en Villas Deportivas sin utilización de material deportivo; Prueba de Danzas - Ensayos y formación artística y Prueba de Ferias a cielo abierto con ordenanza habilitante.

Que ha tomado intervención la Secretaría
Legal y Técnica, emitiendo dictamen de rigor en el ámbito de su competencia.

Por ello;

El INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Autorízanse las actividades de Rehabilitación cardíaca; Diseñadores de alta costura; Servicios en general, tales como agencias de RRHH, alquiler de autos y similares; Clínicas de cirugía estética; Predio Ferial Espacio Unzué; Academias de Surf; y, Academias de fotografías y modelos.

ARTÍCULO 2º.- Implementase como prueba de 14 días las siguientes actividades: Prueba Piloto: Actividad física - Modalidad de baja intensidad: Natatorios, Yoga, Pilates, Gimnasios y similares; Pruebas de: Entrenamiento físico individual al aire libre en Villas Deportivas sin utilización de material deportivo; Prueba de Danzas - Ensayos y formación artística; y, Prueba de Ferias a cielo abierto con ordenanza habilitante.

ARTÍCULO 3º.- Las Secretarias de Salud, de Desarrollo Productivo e Innovación, la Subsecretaria de Inspección General y el EMDER serán las encargadas de garantizar el cumplimiento de los protocolos respectivos, vigentes y aprobados, y de las normas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria.

ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Secretarios de Desarrollo Productivo e Innovación, Gobierno, por la Secretaria de Salud y por el Señor Presidente del EMDER.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese y notifíquese de conformidad con lo establecido en el Artículo 10 de la Resolución 1197-MJGM-2020.

MURO BONIFATTI BERNABEI MACCIO MONTENEGRO
RESOLUCIONES HCD
Resolución Nº 1038/20
General Pueyrredon, 30/07/2020
Visto
Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
Pag. 111

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 04/08/2020

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha04/08/2020

Nro. de páginas135

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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