Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 13/04/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

DECRETOS DE
Decreto Nº 0546/19
General Pueyrredon, 03/04/2020
Visto la situación de emergencia sanitaria, producida por irrupción del nuevo coronavirus COVID 19, y el Decreto DECNU 2020-297-APN-PTE del Poder Ejecutivo Nacional, sus modificatorios y ampliaciones y, Considerando Que con fecha 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud OMS, declara el brote del nuevo coronavirus como una pandemia.

Que por Ordenanza 24710 se declara en el ámbito del Partido de General Pueyrredon la emergencia Sanitaria Municipal con relación a los posibles casos de COVID-19 por un periodo de 180 días pudiendo prorrogarse por un plazo igual.

Que la evolución de la situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes, que preserven las cuestiones de sanidad de la población.

Que a través del DNU 2020-297-APN-PTE del Poder Ejecutivo Nacional y a n de proteger la salud pública, se estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, el que fuera extendido y/o ampliado por sus prorrogas y modificaciones propias de la evolución de la situación.

Que producto del las medidas de aislamiento tomadas el Municipio no puede poner a disposición de los contribuyentes las distintas bocas de cobro habituales.

Que tal cual surge del Presupuesto que rige para el ejercicio 2020, la incidencia de los recursos no tributarios en las finanzas municipales asciende a un porcentaje no menor al 60%.

Que la percepción de los tributos municipales es esencial para poder garantizar la prestación de todos los servicios que brinda el Municipio.

Que en ese entendimiento el Departamento Ejecutivo debe adoptar en forma continua, las medidas que resulten necesarias para acompañar en forma ágil y eficiente la situación de emergencia actual.

Que la Ordenanza Nro. 22367, sancionada el 10 de septiembre de 2015, faculta al Departamento Ejecutivo a celebrar contratos con diversas entidades recaudadoras, en su cláusula 4 establece condiciones respecto de comisiones y plazos máximos de rendición, otorgamiento de garantías, entre otras.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda ha analizado diversas propuestas efectuadas por parte de empresas Proveedoras de Servicios de Pago PSP tendientes a buscar herramientas que posibiliten el pago por parte de los contribuyentes de obligaciones tributarias a través de la inclusión en la página web del municipio de la modalidad de botón de pago.

Que dadas las consideraciones receptadas por parte de las empresas Proveedoras de Servicios de Pago PSP existentes en el mercado, se hace necesario contemplar un plazo de rendición acorde a la citada modalidad de botón de pago en similares condiciones que para tarjetas de crédito.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Modifícase AD REFERENDUM del Honorable Concejo Deliberante el artículo 4º de la Ordenanza Nº 22.367, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4º.- El plazo para la acreditación al Municipio de los fondos recaudados será establecido en el contrato especíco, no debiendo superar las 48 horas hábiles. En el caso de entidades Proveedoras de Servicios de Pago PSP y entidades prestadoras del servicio de tarjeta de crédito, dicho plazo podrá extenderse hasta 22 días hábiles.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, etc.-

BLANCO

MONTENEGRO

Decreto Nº 0554/19

Publicado en versión extractada General Pueyrredon, 06/04/2020
Desígnase, a partir de la fecha de su noticación, al señor ALBERTO RAMON RIQUELME Legajo Nº 35.059/1 CUIL 20-29080667-5., en planta permanente y con carácter provisional, en los términos de lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656, como ENFERMERO I C.F. 4-11-66-03 36 hs. semanales Nº de Orden 2227, con dependencia del Departamento Servicio de Emergencia y Guardias U.E. 1100-0-0-5-00, para cumplir Guardias en horario matutino, vespertino y/o nocturno, por las características de las funciones y en caso de que el servicio lo requiera el agente tendrá distribuido su modulo horario en una modalidad de 12 X 48 horas.
Decreto Nº 380/20

Publicado en versión extractada General Pueyrredon, 05/03/2020
Rectifícase el VISTO y el Artículo 1º del Decreto Nº 0239/2020, dejándose expresamente establecido que se aceptó la renuncia presentada por la agente GRACIELA ELVIRA MANES, Decreto Nº 430/20

Publicado en versión extractada General Pueyrredon, 12/03/2020
.- Reconócese, desde el 28 de febrero y hasta el 15 de marzo del corriente año, al agente LUS, MARCOS ARIEL - Legajo Nº 27700/1, dependiente de la Tesorería del Ente Municipal de Servicios Urbanos, la atención de la Caja recaudadora ubicada en el Cementerio Parque del EMSUR.Decreto Nº 452/20

Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 13/04/2020

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha13/04/2020

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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