Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 17/01/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

En veredas se dejarán circulaciones o pasos libres de 1 un metro de ancho contados a partir de la línea municipal, señalizándose con carteles adecuados y colocando una protección baranda, cerco, etc., además se dejará libre un 1 metro por cada cinco 5 metros ocupados a los fines de facilitar la circulación de peatones. En las esquinas, cuando se practiquen pozos de ataque para efectuar cruces mediante el uso de tunelera, los mismos deberán estar protegidos mediante un cerco perimetral, debiendo contar con la señalización correspondiente. En todos los casos se garantizará el libre escurrimiento superficial de las aguas de lluvia.
En caso de que la Empresa Contratista no posea en stock las baldosas idénticas al frente donde se debe realizar el zanjeo, no podrá realizar el mismo con excepción de presentar ante este departamento una nota firmada por el frentista autorizando a hacer un contrapiso de material liviano provisorio hasta la colocación de las correspondientes baldosas.
b Zanjas abiertas: Las zanjas efectuadas no podrán permanecer más de 24 horas abiertas, en caso que razones de fuerza mayor, debidamente justificadas, no permitan su tapado dentro de la jornada diaria laboral, deberán ser cubiertas con tapas ciegas, de resistencia suficiente, para permitir el paso de peatones y vehículos y aseguradas para que no puedan ser removidas por agentes extraños o fenómenos atmosféricos.
c Señalamiento Nocturno: Durante la noche deberán colocarse señales reglamentarias que indiquen la realización de los trabajos y el peligro por medio de carteles y balizas con luces rojas de atención e iluminación de los carteles.
d Reparación de veredas: La reparación de las veredas se efectuará, previo compactado mecánico del terreno en capas de 0,20 m, dentro de las cuarenta y ocho 48 horas de concluido el cierre de las zanjas.
Se reconstruirá un contrapiso de hormigón de 300 kg/m3 de cemento y 0,10 m de espesor y sobre éste un solado de similares características al existente.
ARTÍCULO 3º. - Otórgase un plazo de treinta 30 días para la terminación total de los trabajos, dejándose establecido que, previo al labrado del Acta de Inicio de Obra y a la iniciación de los trabajos, la Empresa TELMEX ARGENTINA S.A., deberá designar por nota un Representante Técnico indicando un teléfono para tener comunicación con él mismo las veinticuatro 24 horas.
ARTÍCULO 4º.- La Empresa deberá dar cumplimiento a la Resolución Nº 742/13, la cuál establece el uso obligatorio del cartel de obra y vallas, con las características indicadas en Anexos I y II de la misma.
ARTÍCULO 5º. - En virtud de la vigencia de la Ordenanza Nº 17.427, los trabajos autorizados por la presente no deberán ejecutarse durante el período comprendido entre el 1º de diciembre y el 31 de marzo de cada año.
ARTÍCULO 6º. - Dejar expresamente aclarado que la autorización otorgada por la presente, está condicionada al compromiso de la Empresa de efectuar el retiro o traslado de las instalaciones cuando las mismas afecten o restrinjan los derechos de los propietarios frente a cuyos inmuebles se ejecuten las obras o en circunstancias en que así lo exija la Municipalidad, con motivo de trabajos y obras públicas que colisionen con las instalaciones de referencia.
ARTÍCULO 7º. - La Empresa deberá dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 17.427/06, que otorga permisos de rotura de los pavimentos a las Empresas Prestadoras de Servicio; y a la Disposición Nº 01/12 del EMVIAL, previo a la recepción de los trabajos por parte del Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas.
ARTÍCULO 8º. - Fijar en trescientos sesenta 360 días la vigencia de la presente autorización. Si vencido el plazo no se han dado comienzo a los trabajos, la misma caducará automáticamente.
ARTÍCULO 9º. Regístrese, dése al Boletín Municipal y notifíquese del presente por intermedio del Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas a la Empresa.
GDP/ndd.
DE PAZ
RESOLUCION Nº2921 28-11-2018 EXPTE 8420-8-2017 alc 2 cpo 1
ARTÍCULO 1.- Continuar el Concurso de Precios Nº 42/17 Segundo Llamado, para la Contratación del servicio mantenimiento de ascensores y montacargas con destino Secretaría de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle:
DETALLE DE LA CONTINUIDAD:
HIDROLIFT SA
Monto Continuidad: PESOS SEIS MIL NOVENTA Y OCHO $6.098,00.Ud.
de Precio Importe Ítem Cantidad Descripción de los Artículos Medida Unitario Total ASCENSORES
Y MONTACARGAS
COMPONENTE
EN
SU
TOTALIDAD - FRECUENCIA
MENSUAL
TIPO
ABONO
MONTACARGAS - CANTIDAD
1 1
$2.458,00
$2.458,00
MENSUAL DE MONTACARGAS: DOS 2 DEMAS
CARACTERISTICAS
SEGUN
ESPECIFICACIONES
TECNICAS
DEL
DEPARTAMENTO
DE
ELECTROMECANICA
ASCENSORES
Y MONTACARGAS
ABONO
COMPONENTE
EN
SU
2 1
$1.820,00
$1.820,00
MENSUAL TOTALIDAD - FRECUENCIA
MENSUAL - TIPO ASCENSOR
ELECTROMECANICO - DEMAS

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 17/01/2019

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha17/01/2019

Nro. de páginas161

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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