Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/07/2018

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Artículo 2º.- Solicítase la intervención de la Escribanía General de Gobierno conforme a lo establecido en los artículos 2º y 4º inciso d de la Ley Provincial 10830, siendo este organismo quien al momento de escriturar requerirá la documentación que la ley exige.
Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a condonar las deudas por tasas municipales del inmueble mencionado en el artículo 1º de la presente, en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Ley Provincial 10928 y la Ordenanza 11358.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.Tonto Sáenz Saralegui De Paz Arroyo ORDENANZA 23726 Sanción 14-06-2018 Expte 5320-C-1955 Cpo1 Alc5
Decreto de Promulgación 1268 21-06-2018
Artículo 1º.- Autorízase con carácter precario, al Sr. Carlos Ernesto Melesi, a anexar el uso de suelo Venta de Artículos de Ortopedia a los permitidos Venta de Indumentaria Deportiva y Artículos para Deportes y Salón de Belleza masajes en gabinete, en el inmueble sito en calle Alberti nº 1218, identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección E, Manzana 101a, Parcela 7, de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- Lo autorizado en el artículo 1 se condiciona a:
2.1.- No ocupar espacio público vereda y/o calzada, temporal o permanentemente, con ningún elemento fijo o móvil carteles, publicidad, caballetes, señales u otros.
2.2.- Cualquier denuncia de vecinos verificable en su grado de molestia o la falta de adecuación a lo requerido en el punto anterior, dejará sin efecto la presente autorización.
Artículo 3º.- Cumplimentar lo establecido en la Ordenanza nº 9784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme a lo normado por la Ordenanza nº 14.576, con carácter previo a la habilitación.
Artículo 4º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad, de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida, desde el momento de iniciar el trámite pertinente y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.
Artículo 5º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto nº 818/96, modificado por Decreto nº 2.269/99.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc..Tonto Sáenz Saralegui De Paz Arroyo
ORDENANZA 23727 Sanción 14-06-2018 Expte 9514-6-2012 Alc5 Cpo1
Decreto de Promulgación 1269 21-06-2018
Artículo 1.- Convalídase el Decreto nº 2382/17 del Departamento Ejecutivo mediante el cual se dispuso el compromiso de fondos por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL $450.000 en el Ejercicio 2019 y de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL $ 231.000 en el Ejercicio 2020, para afrontar la erogación que demanda la locación del inmueble ubicado en la calle Alberti nº 1518 donde funciona la Dirección de la Mujer.
Artículo 2.- Comuníquese, etc.Tonto Sáenz Saralegui Vicente Arroyo
ORDENANZA 23728 Sanción 14-06-2018 Expte 9565-0-2007 Alc14
Decreto de Promulgación 1270 21-06-2018
Artículo 1º.- Convalídase el Decreto 362/18 del Departamento Ejecutivo, modificado por Decreto 789/18, por el cual se convalidó la tácita contratación locativa entablada con los señores Miguel Angel Pico, Jorge Luis del Buono y la señora Nora Adriana Schechtel, por el período comprendido entre el 1º de julio de 2017 y el 30 de junio de 2019, para la locación del inmueble sito en Avda. Independencia 3299, con destino al funcionamiento de dependencias de la Subsecretaría de Transporte y Tránsito; se reconoció de legítimo abono y se autorizó el pago de la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO
MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO $ 384.291,- a favor de los locadores, en concepto de alquileres vencidos y devengados por el período comprendido entre el 1º de julio de 2017 y 31 de diciembre de 2017, y se comprometieron fondos del Ejercicio 2019 por la suma de PESOS
SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS $ 643.596.-.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.Tonto Sáenz Saralegui Vicente Arroyo
ORDENANZA 23729 Sanción 14-06-2018 Expte 7262-0-2018
Decreto de Promulgación 1289 26-06-2018
Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 5.5.1.1 del Código de Ordenamiento Territorial C.O.T. por el siguiente texto:
5.5.1.1 CRITERIO
La actividad que por su índole implique la necesidad de abastecimiento y distribución de productos deberá disponer de espacio adecuado para que las operaciones de carga y descarga se cumplan obligatoriamente dentro de la parcela y de modo de no afectar el tránsito en la vía pública.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/07/2018

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha25/07/2018

Nro. de páginas98

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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