Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 09/03/2018

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación y hasta el 30 de junio de 2018, inclusive, al señor DANIEL RUBEN SANTE Legajo Nº 33.789 /1 CUIL 20-14318561-4, como ADMINISTRATIVO INICIAL C.F. 5-02-66-01 36 hs. semanales Nº de Orden 11.520, con dependencia de la Subsecretaria de Salud y Protección Sanitaria U.E. 11-01-0-0-0-00, para cumplir funciones de lunes a sábado como operador telefónico en el Servicio de Atención Medica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires SAME PROVINCIA -, con carácter de Personal Temporario Mensualizado.
ARTICULO 3º.- Déjase constancia que la modalidad horaria del agente designado mediante el artículo 2º del presente, será de acuerdo a las necesidades de la dependencia donde se desempeñe pudiendo ser en horario matutino, vespertino y/o nocturno.
ARTÍCULO 4º.- Déjase constancia que la presente erogación será financiada con fondos provenientes del SAME Provincia y asimismo, conforme a lo expuesto por la Contaduría General con fecha 10 de enero de 2018, tercer párrafo, la cuenta del Cálculo de Recursos vigente que se detalla seguidamente: 17.5.01.56
Convenio para la implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias SAME Provincia
Afectado.
ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a:
Institucional: 1-1-1-01-08-000 Prog. 55-00-00- Fin. y Fun. 3-1-0 UER. 8 F.Fin. 1-3-2 Inc. 1 P.P. 2
P.p. 1 P.Sp. 1.
ARTÍCULO 6º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO y DE
SALUD.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
Elg.
BLANCO
VICENTE
ARROYO
DECRETO Nº 0130 30-01-2018
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase, a partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio de 2018, inclusive, la designación de la agente MARIA SOLEDAD LATUF Legajo Nº 33210/1, como TECNICO INICIAL C.F. 4-0200-01 35 hs. semanales Nº de Orden 10432, con dependencia de la Dirección Mantenimiento Edilicio y Seguridad Externa U.E. 03-00-0-4-0-00, con carácter de Personal Temporario Mensualizado.
ARTICULO 2º.- Déjase constancia que la modalidad horaria de la agente cuya designación es prorrogada mediante el artículo 1º del presente, será de acuerdo a las necesidades de la dependencia donde se desempeña pudiendo ser en horario matutino, vespertino y/o nocturno.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a:
Institucional: 1-1-1-01-24-000 Prog. 48-00-00- Fin. y Fun. 3-9-1 UER. 27 F.Fin. 1-1-0 Inc. 1 P.P. 2
P.p. 1 P.Sp. 1.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO y de OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
Mac.
DE PAZ
VICENTE
ARROYO
DECRETO Nº 134 30-01-2018
ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 01 de febrero de 2.018, la renuncia presentada por la agente HAYDEE NANCY VILA DOMINGUEZ Legajo Nº 22.226/1 CUIL 27-18785781-9 al cargo de SUPERIOR ADMINISTRAIVO - C.F. 5-18-66-01 - 36 hs. semanales Nº de Orden 689, en el Departamento Centro de Salud Nº2 Dr. Arturo Oñativia - U.E. 11-01-1-0-2-00, a fin de acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35º de la Ley 9650 modificada por Ley 10053 texto ordenado Decreto 600/94.
ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago, a partir del 01 de febrero de 2018, de la suma de PESOS
DIECISEIS MIL DOSCIENTOS DIEZ CON NOVENTA CENTAVOS $ 16.210,90, a valores vigentes al mes de septiembre de 2017, según lo establecido en la Ley Provincial 12.950 y su modificatoria Ley 13.547.
ARTÍCULO 3º.- Déjase expresamente establecido que el importe a percibir indicado en el artículo 2º queda supeditado a reajuste en caso de modificarse las pautas salariales a la fecha de baja.
ARTÍCULO 4º.- Procédase a firmar el convenio con la beneficiaria tendiente a obtener el reintegro por parte del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, de los importes que se abonen en carácter de anticipo.
ARTÍCULO 5º.- Déjase expresamente establecido que la agente cuya renuncia se acepta mediante el presente decreto, percibirá el anticipo jubilatorio hasta el último período consignado por la Municipalidad en la comunicación que enviará oportunamente el Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Buenos Aires Formulario 611.
ARTICULO 6º.- Dejase constancia que la presente jubilación cumple con los requisitos y previsiones establecidas en el Decreto 1581/15.
ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a:
Artículo 2º a: Fin/Fun. 1-3-0 Programático 01-03-00 Inc. 6 P.P. 2 P.p. 1 P. Sp. 0 Ap. 0 F.Fin. 11-0 - U.E. 02-18-2-1-5-00 Institucional 1-1-1-01-03-000 UER. 3.
ARTÍCULO 8º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE SALUD.
ARTÍCULO 9.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal e intervenga la Dirección de Liquidación y Control de Haberes.
Sll/
BLANCO
ARROYO
DECRETO Nº 135 30-1-2018
ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 01 de febrero de 2018, la renuncia presentada por la agente MARÍA
AURORA LUJAN Legajo Nº 22.138/2 CUIL 27-10506684-3 al cargo de PERSONAL DE SERVICIO
III C.F. 7-08-00-01- 35 horas semanales - Nº de Orden 2927, en el Instituto Superior de Estudios Técnicos

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 09/03/2018

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha09/03/2018

Nro. de páginas47

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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