Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 24/01/2017

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

de promoción desde el 1º de enero y hasta Semana Santa de 2017 inclusive, mediante la venta de bonos contribución, artículos de merchandising, etc.
Que en función de profundizar acciones tendientes a la seguridad vial para la prevención de accidentes de tránsito, especialmente para la vida y la salud de las personas, el señor Intendente Municipal, en uso de las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, procedió a vetar la ordenanza sancionada por este H. Cuerpo, mencionada precedentemente.
Que la modalidad propuesta en la norma vetada contrariaba los principios antes mencionados poniendo en riesgo la seguridad de las personas en la vía pública.
Que a su vez la mencionada norma regulaba sobre materia de competencia provincial y ajena a este Cuerpo tales como las rutas provinciales.
Que varios señores concejales han prestado acuerdo para el dictado del presente acto administrativo.
Por ello, el PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:
DECRETA
Artículo 1º.- Autorízase a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Sierra de los Padres a realizar una campaña de promoción desde el día de la fecha y hasta Semana Santa de 2017 inclusive, mediante el ofrecimiento a modo de bonos contribución, artículos de merchandising, etc.
Artículo 2º.- Las personas que lleven a cabo la campaña autorizada por el artículo anterior, deberán contar con una acreditación fehaciente y autorización de la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Sierra de los Padres, la que estará a disposición de los contribuyentes y organismos de control.
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Gobierno, determinará el lugar exacto de la comercialización, exclusivamente sobre las aceras de las siguientes intersecciones:

a.
b.
c.
d.
e.
f.

Dorrego y Av. Juan B. Justo Av. Constitución y Pelayo Estrada y la costa Av. Edison y Av. Juan B. Justo Av. Champagnat y Alberti Av. Luro y calle 212

Artículo 4º.- El Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección General de Inspección General, controlará lo dispuesto por el artículo anterior, comprometiéndose la entidad beneficiaria a no interferir la normal circulación del tránsito.
Artículo 5º.- El presente Decreto se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.-

Fecha
Boletin Nº 2371 fecha 24-01-2017
Tema
RESOLUCIONES DEL EMTUR
DECRETOS DEL HCD año 2016
DECRETOS DEL HCD año 2017

Página
2 a 12
12 a 21
21 a 31

DEPARTAMENTO DE LEGISLACION Y DOCUMENTACION
MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON

31

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 24/01/2017

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha24/01/2017

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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