Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 14/08/2015

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 25-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p. 1 -P.Sp. 9 y para el Art. 2º: P.P, 1
P.p. 3 P. Sp. 6 Ap. 2.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN y el señor SECRETARIO
DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de la Función Pública.
RODRIGUEZ
GARCIA
PULTI
DECRETO 1488 03-6-2015
ARTÍCULO 1º.- Rectificase el Artículo 2º del Decreto Nº 1153/15, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 2º.- Dáse de alta, a la agente GLADYS SOFIA OLGUIN Legajo Nº 22876/73 como DIRECTOR DE
SEGUNDA ESCUELA SECUNDARIA con mas de un turno de 151 a 549 alumnos C.F. 9-06-99-06 Nº de Orden 6018, a partir del 9 de marzo de 2015, con carácter interino, en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 215 U.E. 08-00-0-2-515, trasladándose para tal fin el cargo de la U.E. 08-00-0-2-5-05, y de baja del cargo de Vicedirector de 2da. Escuela Secundaria de 151 a 549 alumnos C.F. 9-05-99-02 U.E. 08-00-0-2-5-05.
ARTÍCULO 2º.- Rectificase el Artículo 2º del Decreto Nº 1155/15, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 2º.- Dáse de alta a la agente MARIA ALEJANDRA GALLARDO Legajo Nº 16882/58 como DIRECTOR
DE SEGUNDA ESCUELA SECUNDARIA con un turno de 151 a 549 alumnos C.F. 9-06-99-05 Nº de Orden 6016, a partir del 9 de marzo de 2015, con carácter Titular, en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 212 U.E. 08-00-0-2-5-12, trasladándose para tal fin el cargo de la U.E. 08-00-0-2-5-02, y de baja del cargo de Vicedirector de 2da. Escuela Secundaria de 151 a 549 alumnos C.F. 9-05-99-02 U.E. 08-00-0-2-5-02.
ARTÍCULO 3º.- Rectificase el Artículo 2º del Decreto Nº 1151/15, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 2º.- Dáse de alta, a la agente CECILIA NOEMI ESTEBAN Legajo Nº 11068/66 como DIRECTOR DE
SEGUNDA ESCUELA SECUNDARIA con un turno de 151 a 549 alumnosC.F. 9-06-99-05 Nº de Orden 6022, a partir del 9 de marzo de 2015, con carácter Titular, en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 214 U.E. 08-00-0-2-5-14, trasladándose para tal fin el cargo de la U.E. 08-00-0-2-5-04, y de baja del cargo de Vicedirector de 2da. Escuela Secundaria de 151 a 549 alumnos C.F. 9-05-99-02 U.E. 08-00-0-2-5-04.
ARTÍCULO 4º.- Rectificase el Artículo 2º del Decreto Nº 1152/15, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 2º.Dáse de alta, a la agente PATRICIA LILIANA MONTENEGRO Legajo Nº 16533/90 como DIRECTOR DE SEGUNDA ESCUELA SECUNDARIA con un turno de 151 a 549 alumnos C.F. 9-06-99-05 Nº de Orden 6296, a partir del 9 de marzo de 2015, con carácter titular, en la Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 213 U.E. 08-000-2-5-13, trasladándose para tal fin el cargo de la U.E. 08-00-0-2-5-03, y de baja del cargo de Vicedirector de 2da. Escuela Secundaria de 151 a 549 alumnos C.F. 9-05-99-02 U.E. 08-00-0-2-5-03.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN y el señor SECRETARIO
DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de la Función Pública.
RODRIGUEZ
GARCIA
PULTI
DECRETO 1489 3-6-2015
ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente VALERIA MARIANA TORRE Legajo Nº 32052/1, como CAPACITADOR PROGRAMAS ESPECIALES, con VIENTE 20 hs. semanales C.F. 14-00-20-13, a partir del 2 y hasta el 31 de marzo de 2015, en la Secretaría de Educación U.E. 08-00-0-0-0-00, con carácter de Personal Temporario Mensualizado.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase a la agente ROCIO BELEN GREGORACCI Legajo Nº 32055/1 M.I. Nº 39.600.077, como CAPACITADOR PROGRAMAS ESPECIALES, con quince 15 hs. semanales C.F. 14-00-15-13, a partir del 20 de abril y hasta el 30 de diciembre de 2015, en la Secretaría de Educación U.E. 08-00-0-0-0-00, con carácter de Personal Temporario Mensualizado.
ARTÍCULO 3º.- Déjase expresamente establecido que la persona designada mediante el presente podrá ser dada de baja, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 101º de la Ley Provincial 11757.
ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-1 - Programático 43-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN y el señor SECRETARIO
DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de la Función Pública.
RODRIGUEZ
GARCIA
PULTI
DECRETO 1490 3-6-2015 Expte 11645-1-2013 Alc 13 cpo 01
ARTÍCULO 1º.- Déjase expresamente establecido que la modificación de la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, para el cargo convertido Nº de Orden 5957, realizada mediante el Anexo I del Decreto Nº 2376/13, a partir del 1º de octubre de 2013, es la que seguidamente se detalla y no como se consigno en el mencionado acto administrativo:
Denominación C.F. alta Denominación Nº O. C.F. baja 5957 2-17-64-25 Profesional Mayor I 2-98-65-01 Profesional Mayor II
ARTÍCULO 2º.- Déjase expresamente establecido que el cargo en el cual se da de alta mediante el Anexo II del Decreto Nº 2376/13, a partir del 1º de octubre de 2013 , a la agente NORMA RAQUEL ALAGNA Legajo Nº 26098/1, es PROFESIONAL MAYOR II C.F. 2-98-65-01 - 30 hs. semanales - Nº de Orden 5957, y no como se consigno en el mencionado acto administrativo.
ARTÍCULO 3º.- Otórgase, con retroactividad al 1º de octubre de 2013, a la agente ANA TERESA ALVO Legajo Nº 26271/1
las Bonificaciones que seguidamente se detallan, dejándose sin efecto las bonificaciones otorgadas mediante el Anexo III del Decreto Nº 2376/13:
Bonificación por Actividad Crítica del DIEZ POR CIENTO 10%
Bonificación por Insalubridad del QUINCE POR CIENTO 15%
Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional del DIEZ POR CIENTO 10%
Fondo Compensador ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a:
Bonificación por Actividad Crítica : Inc. 1 P.P. 1- P.p. 3- P.Sp. 3 Ap. 1.
Bonificación por Insalubridad : Inc. 1 P.P. 1- P.p. 3- P.Sp. 5 Ap. 2.
Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional: Inc. 1 P.P. 1- P.p. 3- P.Sp. 4 Ap. 3.
Fondo Compensador: Inc. 1 P.P. 1- P.p. 3- P.Sp. 4 Ap. 4.
ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO Y DE ECONOMIA Y
HACIENDA.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de la Función Pública.
GARCIA
PEREZ
PULTI
DECRETO 1491 3-6-2015

35

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 14/08/2015

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha14/08/2015

Nro. de páginas128

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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