Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 18/11/2014

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Por ello, EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la III Reunión Argentina de Geoquímica de la Superficie RAGSU, a llevarse a cabo en el hotel SOSBA II, de esta ciudad, durante los días 2 al 5 de diciembre de 2014.
ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.
ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a la entidad recurrente del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTICULO 4.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 1.109 a 1.136 del Código Civil, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.
ARTÍCULO 5º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

REGISTRADA BAJO EL Nº 429
Mar del Plata, 23 de septiembre de 2014
VISTO: la presentación efectuada por el Presidente del Círculo de Periodistas Deportivos de Mar del Plata, Armando Raúl Fuselli, mediante nota nº 1073/14, y CONSIDERANDO:
Que en la misma, solicita se declare de Interés Turístico a la 46º Edición del Congreso Nacional de la Federación Argentina de Periodistas Deportivos FAPED y Congreso Internacional de Periodismo Deportivo, que se llevará a cabo en esta ciudad los días 8, 9 y 10 de octubre de 2014.
Que organizado por el Círculo de Periodistas Deportivos de Mar del Plata con el aval de la Federación, contará con la presencia de representantes de Círculos de Periodistas Deportivos de todo el país, y asimismo, la participación de colegas de Chile, Brasil Paraguay y Bolivia.
Que del Congreso Internacional participará el presidente de AIPS AMERICA: Gabriel Cazzanave y el representante de la Federación Brasileña de Cronistas Deportivos: Vicente Dattoli, además de invitados especiales y figuras de primer nivel nacional.
Que se abordarán temas inherentes a la problemática laboral y deportiva de nuestro país y se procederá a la elección de nuevas autoridades.
Que el Congreso fue declarado de su interés por el Honorable Concejo Deliberante mediante Resolución Nº 3667 del 12 de junio de 2014.
Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno adherir a acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a afianzar la imagen de Mar del Plata como Sede de Reuniones.
Por todo ello, EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO

RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización del 46º Congreso Nacional de la Federación Argentina de Periodistas Deportivos FAPED y Congreso Internacional de Periodismo Deportivo, que se llevará a cabo en esta ciudad los días 8, 9 y 10 de octubre de 2014.
ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.
ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a la entidad recurrente del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTICULO 4.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 1.109 a 1.136 del Código Civil, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.
ARTÍCULO 5º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.

REGISTRADA BAJO EL Nº 430
Mar del Plata, 23 de septiembre de 2014
VISTO el Expediente 0126 Letra R Año 2014 Alcance 02, por el cual se tramita el Llamado a Concurso de Precios nº 07/2014 para la contratación de la Ambientación, Decoración, iluminación y Sonido del Salón NH City & Tower, en el marco del Lanzamiento de la Temporada 2014-2015, a realizarse en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el Ente Municipal de Turismo, y
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 18/11/2014

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha18/11/2014

Nro. de páginas89

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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