Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 15/09/2014

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

DECRETO 1531 13-06-2014
ARTÍCULO 1º.- Dáse de baja, a partir de la fecha de su notificación, al agente ALBERTO RODOLFO QUINTANA Legajo Nº 13352/1 Cargo JEFE DE DEPARTAMENTO
DEFENSA CIVIL - C.F. 1-31-00-01, dependiente del Ente de Obras y Servicios Urbanos, la Bonificación Remunerativa del VEINTICINCO POR CIENTO 25% establecida en el artículo 50º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.ARTÍCULO 2º.- Otórgase, a partir de la fecha de su notificación, al agente mencionado en el artículo 1º del presente Decreto, la compensación por Francos Fijos y/o Rotativos del TREINTA Y CINCO POR
CIENTO 35% establecida en el artículo 43º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, por las razones expuestas en el exordio.ARTÍCULO 3º.- El ENOSUR adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a las partidas presupuestarias correspondiente el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.ARTÍCULO 4º - El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del ENTE de OBRAS y SERVICIOS URBANOS.ARTÍCULO 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del ENOSUR y dése intervención a la Contaduría del mencionado Ente.ARTIME
PULTI
DECRETO 1649 24-06-2014
ARTÍCULO 1º.- Apruébese la Misión y Funciones de la Departamento Cementerio Parque dependiente de la Dirección de Cementerios del Ente de Obras y Servicios Urbanos, detalladas en el Anexo I, que forma parte integrante del presente.ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del ENOSUR.ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del ENOSUR y dése intervención al Departamento Técnico de la Función Pública.ARTIME
PULTI
ANEXO I DECRETO Nº DEPARTAMENTO CEMENTERIO PARQUE
MISIÓN
Centralizar y supervisar todo lo relacionado con la administración, vigilancia, conservación e higiene de los distintos sectores del Cementerio Parque.
FUNCIONES
Supervisar que no sepulte, traslade o exhume cadáver alguno, sin que sean presentados los documentos por los cuales se autorice dichos actos.
Coordinar planificar y supervisar la ejecución de las tareas de inhumaciones, ya sea en tierra, en introducción en bóveda, nichos y panteones; abrir fosas y efectuar otros movimientos.
Planificar y disponer los traslados de ataúdes, urnas y cenizas dentro de los Cementerios y fuera del ámbito municipal.
Supervisar el control de los Cementerios privados del Partido de General Pueyrredón, siendo actualmente función inherente al Cementerio Parque: el cementerio privado Colinas de Paz y el Cementerio Recoleta del Mar.
Efectuar las inhumaciones sin cargo a fallecidos de familias indigentes o sin deudos, exenciones a derechos de cementerios de ex combatientes de Malvinas y familiares directos Ordenanza Nº 11199/97
y/o familiares de desaparecidos Ordenanza Nº 15171/12.
Planificar y organizar el ordenamiento y archivo de las Licencias de Inhumaciones, órdenes para introducir cadáveres, traslados y toda otra documentación relacionada con la operatoria de los Cementerios.
Llevar y mantener permanentemente actualizados los registros necesarios para asentar todas las operaciones que se efectúen en el Cementerio.
Supervisar el control a las empresas de servicios fúnebres del pago de las tazas relacionadas con la introducción de servicios directos.
Supervisar Control y pago de movimientos internos, traslados a crematorio voluntarios, ingresos a panteones o Bóvedas por parte de particulares.
Coordinar la resolución a través de planes de emergencia las prestaciones de servicios en sectores críticos cuando existan alteraciones de las regulares, debido a causas imprevisibles climáticas, gremiales, empresariales, etc.
Confeccionar y elevar la información sobre los distintos requerimientos a ser considerados en el Anteproyecto de Presupuesto Anual.
Conocer el estado de las tareas el desempeño, capacidad, conducta y rendimiento del personal, Verificar el buen uso, cuidado y conservación de los muebles, instalaciones, útiles de trabajo de sus Dependencias.
Hacer cumplir las normas proyectadas por la Dirección para la ejecución de las actividades descriptas.
Proponer las medidas que crea convenientes con la finalidad de mejorar los servicios que presta la Dependencia.
Verificar la actualización permanente de todos los libros, ficheros y documentación que legal o reglamentariamente corresponda o disponga la Superioridad.
Proponer normas y disposiciones relacionadas con el ámbito de su competencia y aconsejar modificaciones de los decretos y ordenanzas vigentes, en los casos que estimara convenientes.
DECRETO 1778 02-07-2014 Expte 3669-4-2011 cpo 1
ARTÍCULO 1º.- Decláranse prescriptos por extinción de la acción los períodos adeudados comprendidos entre 1º/1.995 y 6º/2.005, devengados en la cuenta nro. 513.966/8 en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Fondo de Desage y Fondo Solidario Mar del Plata 2.000
en virtud de lo expuesto en el exordio del presente.
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 15/09/2014

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha15/09/2014

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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