Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 23/08/2013

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ORDENANZA 21315
Expte 2267-2-1996 Sancion 27-06-2031
Decreto de Promulgación 1299 03-07-2013
Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir la modificación de las cláusulas 9º y 16º del convenio suscripto con la Asociación Amigos de la Guardia del Mar, aprobado por Ordenanza 20245, las que quedarán redactadas conforme a lo establecido en el Anexo I de la presente.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.Dicándilo Fernández ANEXO I
NOVENA: El subsidio previsto en la cláusula anterior, será equivalente a seis 6 veces el sueldo de un Técnico I- 35 horas semanales del escalafón municipal, pagaderos mensualmente en cuotas, siendo la cuota inicial de PESOS ONCE MIL TRESCIENTOS DIECISEIS CON 25/00 $ 11.316,25 cada una, con posterior rendición de cuentas a la Contaduría del ENTE MUNICIPAL DE TURISMO, la que vencerá los días 31 de julio de 2011, 15 de enero de 2012, 31 de julio de 2012 y 15 de enero de 2013, con detalle de gastos, presentación de documentación que los justifique y observando las obligaciones que el Reglamento de Contabilidad determina para las rendiciones de cuenta de los entes descentralizados, así como normas de facturación vigentes para la AFIP.
DÉCIMA SEXTA: EL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO podrá pedir un mínimo de tres 3 actuaciones mensuales o un máximo de cuarenta 40 actuaciones anuales dentro del Partido de General Pueyrredon, que deberán ser cubiertas por el presente subsidio, sin reclamo a ningún tipo de pago adicional. Todas aquellas actuaciones que superen el número de cuarenta 40, quedarán sujetas al acuerdo de las voluntades de ambas partes. En este supuesto, los gastos de dichas presentaciones, estarán a cargo del Ente Municipal de Turismo y/o de la institución que solicitara la misma. Esto incluye los costos correspondientes a los derechos de ARGENTORES Y SADAIC, que deberán ser absorbidos por la ASOCIACIÓN o la MUNICIPALIDAD y/o el Ente, según corresponda.
ORDENANZA 21316
Expte 11493-9-2010 Alc 02 Sancion 27-06-2013
Decreto de Promulgación 1300 03-07-2013
Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la unificación de las Unidades Turísticas Fiscales denominadas Balneario 4A y Local 44-45 del sector Complejo Playa Grande a favor de la firma Cubro S.A. con domicilio legal en la calle Avellaneda 2022 de la ciudad de Mar del Plata, actual concesionaria de las Unidades mencionadas.
Artículo 2º.- Establécense los siguientes parámetros particulares como parte de la unificación:
a. El primer canon anual será de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL
TRESCIENTOS $ 434.300.-.
b. La redeterminación anual de canon se realizará en función del valor bruto carpa/temporada correspondiente a treinta y cinco 35 unidades.
c. El nuevo contrato de concesión tendrá como fecha de finalización improrrogable el día 30 de abril de 2032.
d. El plazo de ejecución de la totalidad de las obras comprometidas tendrán como fecha de finalización el día 30 de noviembre de 2014, para lo cual deberá contar con aprobación del Legajo Técnico de Obra de adecuación de proyecto por parte del Ente Municipal de Turismo.
e. La Unidad Turística Fiscal unificada pasa a formar parte del Grupo I del Consorcio Complejo Playa Grande, del artículo 7º del Anexo I de la Ordenanza 21061, con el aporte de una 1 cuotaparte y su desafectación del Grupo III y del Grupo IV respectivamente.
Artículo 3º.- Para todos los demás parámetros de la concesión son de aplicación los contenidos del pliego de bases y condiciones aprobado por Ordenanza 19910 y normativa concordante.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-

Dicándilo Fernández
Ciano Pulti
ORDENANZA 21319
Expte 18082-6-2009 Sancion 27-06-2013
Decreto de Promulgación 1303 03-07-2013
Artículo 1º.- Convalídase el Decreto nº 98 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 11 de enero de 2013, que consta de seis artículos, por medio del cual se reconoce en el marco de lo dispuesto en el artículo 140º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, la contratación directa del servicio de enlace de transmisión de datos y/o voz con destino a la Dirección General de Informática y Telecomunicaciones a la firma Telefónica de Argentina S.A. por PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA
Y SEIS CON 19/100 $ 49.346,19, por el período comprendido entre marzo y mayo de 2011.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.Dicándilo Ciano Pérez Daniel Pulti ORDENANZA 21324
Expte 6111-9-2013 Sancion 27-06-2013
Decreto de Promulgación 1308 03-07-2013
Artículo 1º.- Autorízase a la Escuela de Circo La Audacia el uso del espacio público en la Plaza José Manuel Estrada, ubicada en la intersección de las calles Joaquín V. González y Acevedo de la ciudad de Mar del Plata, donde se instalará una Escuela Itinerante de Formación Circense a fin de llevar a cabo distintos talleres para niños y jóvenes, con el apoyo de la Secretaría de Cultura de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y que tendrá lugar por el lapso de ocho 8 meses con una periodicidad de tres veces por semana en horario diurno de 10 a 17.

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Ciano Pulti

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 23/08/2013

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha23/08/2013

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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