Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 12/04/2013

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

DECRETO 137 18-01-2013
Expte 9860-4-2010 Alc 25 Cpo 01
ARTICULO 1º.- Otórgase al señor PEREZ, Ariel Gustavo DNI 27.737.290, la suma de PESOS CINCO MIL $5.000,00, en concepto de Fondo de Fomento para la adquisición de la materias primas, materiales, máquinas y herramientas, accesorios, insumos y gastos inherentes a la actividad de su emprendimiento productivo.
ARTÍCULO 2º.- Los fondos asignados en el artículo precedente, deberán rendirse de acuerdo a los requisitos, documentación y forma, en lo que sea aplicable del Decreto Nº 1541/09, siendo aplicable en lo no previsto las prescripciones del Decreto Nº 652/82.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande lo dispuesto en el artículo 1º, deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: Fin/Fun 4.7.0., Programático: 21-00-00, Inc.: 5 PP: 2, Pp:1, Psp:0, F. Fin: 132- Institucional 1-1-1-01-13000 UER 15. Importe Total $5.000,00.
ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Productivo, Asuntos Agrarios y Marítimos y Relaciones Económicas Internacionales y el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 5º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal, publíquese y notifíquese. Cumplido, intervenga la Contaduría Municipal.
Perez Rojas Fernandez Pulti
DECRETO 138 18-01-2013
Expte 9860-4-2010 Alc 47 Cpo 01
ARTICULO 1º.- Otórgase a la Sra. Lucero María Cristina, DNI 11.155.354, la suma de PESOS CINCO MIL $5.000,00, en concepto de Fondo de Fomento para la adquisición de las materias primas, materiales, máquinas y herramientas, accesorios, insumos y gastos inherentes a la actividad de su emprendimiento productivo.
ARTÍCULO 2º.- Los fondos asignados en el artículo precedente, deberán rendirse de acuerdo a los requisitos, documentación y forma, en lo que sea aplicable del Decreto Nº 1541/09, siendo aplicable en lo no previsto las prescripciones del Decreto Nº 652/82.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande lo dispuesto en el artículo 1º, deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: Fin/Fun 4.7.0., Programático: 21-00-00, Inc.: 5 PP: 1, Pp:4, Psp:0, F. Fin: 132- Institucional 1-1-1-01-13000 UER 15. Importe Total $5.000,00.
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Productivo, Asuntos Agrarios y Marítimos y Relaciones Económicas Internacionales y el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 5º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal, publíquese y notifíquese. Cumplido, intervenga la Contaduría Municipal.
Perez Rojas Fernandez Pulti
DECRETO 139 18-01-2013
Expte 9860-4-2010 Alc 37 Cpo 01
ARTICULO 1º.- Otórgase a la señora Vilma Gladys, GOMEZ, DNI 06.551.576, la suma de PESOS CINCO MIL
$5.000,00, en concepto de Fondo de Fomento para la adquisición de la materias primas, materiales, máquinas y herramientas, accesorios, insumos y gastos inherentes a la actividad de su emprendimiento productivo.
ARTÍCULO 2º.- Los fondos asignados en el artículo precedente, deberán rendirse de acuerdo a los requisitos, documentación y forma, en lo que sea aplicable del Decreto Nº 1541/09, siendo aplicable en lo no previsto las prescripciones del Decreto Nº 652/82.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande lo dispuesto en el artículo 1º, deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: Fin/Fun 4.7.0., Programático: 21-00-00, Inc.: 5 PP: 2, Pp:1, Psp:0, F. Fin: 132- Institucional 1-1-1-01-13000 UER 15. Importe Total $5.000,00.
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Productivo, Asuntos Agrarios y Marítimos y Relaciones Económicas Internacionales y el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 5º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal, publíquese y notifíquese. Cumplido, intervenga la Contaduría Municipal.
Perez Rojas Fenandez Pulti
DECRETO 140 18-01-2013
Expte 9860-4-2010 Alc 41 Cpo 01
ARTICULO 1º.- Otórgase a la señora Miriam Beatriz, SALINAS, DNI 16.473.739 la suma de PESOS CINCO MIL
$5.000,00, en concepto de Fondo de Fomento para la adquisición de la materias primas, materiales, máquinas y herramientas, accesorios, insumos y gastos inherentes a la actividad de su emprendimiento productivo.
ARTÍCULO 2º.- Los fondos asignados en el artículo precedente, deberán rendirse de acuerdo a los requisitos, documentación y forma, en lo que sea aplicable del Decreto Nº 1541/09, siendo aplicable en lo no previsto las prescripciones del Decreto Nº 652/82.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande lo dispuesto en el artículo 1º, deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: Fin/Fun 4.7.0., Programático: 21-00-00, Inc.: 5 PP: 2, Pp:1, Psp:0, F. Fin: 132- Institucional 1-1-1-01-13000 UER 15. Importe Total $5.000,00.
ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Productivo, Asuntos Agrarios y Marítimos y Relaciones Económicas Internacionales y el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 5º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal, publíquese y notifíquese. Cumplido, intervenga la Contaduría Municipal.
Perez Rojas Fernandez Pulti
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 12/04/2013

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha12/04/2013

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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