Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 13/03/2013

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Municipalidad del Partido de General Pueyrredon Departamento Deliberativo Artículo 3º.- Comuníquese, etc.Dicándilo Taccone
Ciano Pulti
FUNDAMENTOS
Pedro Rossi es un deportista marplatense que abrazó la navegación siendo un niño en el Club Náutico de nuestra ciudad; desde ahí su gran pasión fue navegar y competir. Ya en su adolescencia daba clases de navegación en ese Club mientras competía, para luego mostrar su capacidad en competencias sudamericanas. Convocado para correr en Europa obtiene varios triunfos en regatas de nivel internacional, en distintas categorías. Como Capitán de TP52 Matador el equipo argentino logra importantes triunfos, como el título de Campeón Mundial de esa categoría y subcampeón de la Copa del Rey. Gabriel Marino, también marplatense, es integrante del equipo de Pedro Rossi, ambos compitieron siempre en esta categoría; en la actualidad llevan 5 años participando en numerosas regatas y entrenamientos con resultados destacados como Campeones mundiales en el 2009 y 2012 y tres Copas del Rey, entre muchas Regatas ganadas.
Estos marplatenses y su equipo argentino lograron coronarse campeones mundiales en distintas categorías de regatas logrando demostrar esta vez en este deportela dedicación, perseverancia y un temple superador para la obtención de estos logros, que enorgullecen a los argentinos y muy particularmente a los marplatenses.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon otorga el título Mérito Deportivo a los señores Pedro Rossi, Gabriel Marino y a su equipo argentino de regatas.

ORDENANZA 21195
Expte 15600-1-2009 Cpo 01 Alc 06 Sancion 6-12-2012
Decreto de Promulgación 153 18-01-2013
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza 19520, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 1º.- Otórgase permiso precario de uso y explotación de la Unidad Turística Fiscal Arroyo Seco sector A hasta la fecha en que se adjudique la Unidad por licitación pública, a la Asociación Rancho Móvil de la Costa, Personería Jurídica 25647, para la instalación de vehículos con casillas rodantes y afines.
Artículo 2º.- Abrógase la Ordenanza nº 20506.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.Dicándilo Ciano Fernández Pulti
ORDENANZA 21196
Expte 102-1-2013 Sancion 20-12-2012
Decreto de Promulgación 154 18-01-2013
Artículo 1º.- Convalídase el Decreto nº 351 dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante el día 20 de noviembre de 2012, mediante el cual se otorgó la distinción al Compromiso Social a CILSA, UMASDECA, la Escuela Especial nº 515 y al deportista Mateo Micic, por su labores en los cursos de sensibilización que lleva adelante la Dirección General para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos de la Municipalidad de General Pueyrredon.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.Dicándilo Ciano Gauna Pulti
ORDENANZA 21197
Expte 550-4-2013 Sancion 10-01-2013
Decreto de Promulgación 156 18-01-2013
Artículo 1º.- Autorízase a la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a utilizar un espacio de la Plazoleta de las Américas en el Paseo Dávila para la realización de una Campaña de Promoción de las distintas líneas de programas de esa Secretaría, desde el 8 al 12 de febrero de 2013 en el horario de 17 a 22, mediante la instalación de 2 carpas, con paredes laterales de 4 x 3m y 6 x 3m, y un escenario modular.
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo determinará el lugar exacto de realización de la actividad autorizada por el artículo anterior.
Artículo 3º.- La permisionaria deberá contratar los seguros pertinentes manteniendo indemne a la Municipalidad por cualquier concepto que se produzca a un tercero como consecuencia del desarrollo de la actividad autorizada o al mismo municipio por daños y perjuicios que eventualmente se pudieran producir en razón de la realización y puesta en marcha de la actividad atento a la responsabilidad civil que surja de los artículos 1109º al 1136º del Código Civil incluyendo también gastos, honorarios y costas al demandante.
Artículo 4º.- El Departamento Operativo dependiente de la Dirección Operativa de Inspección General fiscalizará el emplazamiento, desarrollo y condiciones de la actividad, las cuales son susceptibles de modificaciones ante razón fundada por quejas de vecinos o por decisión del Departamento Ejecutivo sin reclamo alguno.
Artículo 5º.- Déjase establecido que en el caso de utilizar repertorio musical deberán abonarse, previa iniciación de las actividades, las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder ARGENTORES, Variedades, S.A.D.A.I.C., A.A.D.I.C.A.P.I.F., etc.. El Departamento Ejecutivo verificará el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo y en el Decreto nº 1638/00.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 13/03/2013

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha13/03/2013

Nro. de páginas81

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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