Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 19/6/2024

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
19 de junio de 2024

N: 299
Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.-

Artículo 2º.- El peticionante deberá restituir los espacios utilizados en las mismas condiciones en que les fueron entregados.-

Por ello:

Artículo 3º.- La Coordinación General de Seguridad Urbana queda facultada para realizar cortes de calles, determinar el cambio en el sentido de circulación, así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y las modificaciones que resulten necesarias a fin de facilitar el tránsito vehicular durante la jornada.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- AUTORIZAR a la firma FIDUCIAM SRL, CUIT Nº 33-71219052-9, al uso y ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación de espacio público en calle Moreno Nº37, el día viernes 24 de Mayo de 2024, entre las 8:00hs. y las 14:00hs., para tareas de hormigonado de edificio en construcción, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El peticionante deberá restituir los espacios utilizados en las mismas condiciones en que les fueron entregados.Artículo 3º.- La Coordinación General de Seguridad Urbana queda facultada para realizar cortes de calles, determinar el cambio en el sentido de circulación, así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y las modificaciones que resulten necesarias a fin de facilitar el tránsito vehicular durante la jornada.Artículo 4.- La Dirección de Recursos Fiscales procederá al cobro del canon correspondiente a un 1 adicional con servicio de control de tránsito.Artículo 5º.- La Coordinación General de Seguridad Urbana, la Dirección de Obras Privadas, Catastro y Planeamiento, la Dirección de Recursos Fiscales y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 6º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Juan M.
LUCERO, Secretario General y de Vinculación InstitucionalRamón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor

Artículo 4.- La Dirección de Recursos Fiscales procederá al cobro del canon correspondiente a dos 2 adicionales con servicio de control de tránsito.Artículo 5º.- La Dirección de Obras Privadas, Catastro y Planeamiento, la Coordinación General de Seguridad Urbana, la Dirección de Recursos Fiscales y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 6º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Juan M.
LUCERO, Secretario General y de Vinculación InstitucionalRamón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor
DECRETO N 251/A/2024
VILLA CARLOS PAZ, 24 de mayo de 2024
VISTO: La nota presentada por la Defensoría del Pueblo de Villa Carlos Paz, mediante la cual solicita autorización de uso del espacio público; y CONSIDERANDO: Que el requerimiento consiste en la ocupación de espacio público para la interacción de dicha Institución con los vecinos.Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, este Departamento Ejecutivo considera pertinente autorizar el uso de espacio público, por lo que corresponde emitir el acto administrativo correspondiente.Por ello:

DECRETO N 250/A/2024
VILLA CARLOS PAZ, 24 de mayo de 2024
VISTO: El Expediente N 228674/2024 presentado por Constructora del Valle SA CUIT Nº 30-71181221-7, mediante el cual solicitan autorización para el uso del espacio público; y
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA

CONSIDERANDO: Que los requerimientos consisten en el uso del espacio público en calle San Martín Nº2, para tareas de hormigonado en edificio en construcción.

Artículo 1.- AUTORIZAR a la Defensoría del Pueblo de Villa Carlos Paz, a la ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación del uso de espacio público en calle 9 de Julio Nº70, el día sábado 25 de mayo de 2024, de 10 hs. a 13:00 hs., para la interacción de dicha Institución con los vecinos.-

Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.-

Artículo 2º.- El peticionante deberá restituir los espacios utilizados en las mismas condiciones en que les fueron entregados.-

Por ello:

Artículo 3.- La Coordinación General de Seguridad Urbana queda facultada para determinar el corte de calzada, cambio en el sentido de circulación así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y modificaciones que resulten necesarias a fin de facilitar el tránsito vehicular durante el evento.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- AUTORIZAR a Constructora del Valle SA CUIT
Nº 30-71181221-7, al uso y ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación del espacio público en calle San Martín Nº2, el día jueves 30 de mayo de 2024 entre las 8:00hs. y las 16:00hs., para tareas de hormigonado en edificio en construcción, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.-

6

Artículo 4.- La Coordinación General de Seguridad Urbana y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 5.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 19/6/2024

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha19/06/2024

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones390

Primera edición01/01/2015

Ultima edición05/07/2024

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