Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 9/10/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
09 de octubre de 2020

N: 67
Artículo 4º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO Nº 425/A/2020
VILLA CARLOS PAZ, 11de septiembre de 2020
VISTO: La nota presentada por la Asociación de Artesanos de Villa Carlos Paz, mediante la cual su presidenta Miriam Rodriguez solicita la autorización para el uso del espacio público para la realización de una Feria Artesanal a realizarse los días 12 y 13
de septiembre próximo; y CONSIDERANDO: Que dicha Feria se organiza con los artesanos de diferentes asociaciones e independientes de nuestra ciudad, para fomentar la difusión de las artesanías que ellos realizan, ofreciendo una actividad para los vecinos de la ciudad.Que este municipio, mediante Decreto N 419/DE/2020, adhirió al Protocolo de Flexibilización Anexo N 110 que contempla las Ferias Artesanales, resultando por ello de aplicación para nuestra ciudad, a cuyo contenido deberá adecuarse el peticionante, para la realización de la feria.Que la Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura y la Dirección de Cultura acuerdan con dicho pedido.Que conforme a las facultades conferidas por la Ordenanza N
5753, corresponde dictar el acto administrativo que disponga sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Asociación de Artesanos de Villa Carlos Paz, personería jurídica N 343 A/01 a la ocupación precaria del playón de la Sala de Convenciones, ubicado en Av.
Arturo Umberto Illia esquina Gobernador Roca, para la realización de una Feria Artesanal con expositores locales, a llevarse a cabo los días 12 y 13 de septiembre de 2020 entre las 10:00 hs. y las 18:00 hs., en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.Artículo 2º.- EXIMIR en forma total del pago de los tributos correspondientes, de conformidad al artículo 23 de la Ordenanza Tarifaria y todo otro que pudiere corresponder.-

RESOLUCIONES DEL
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
SECRETARIA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
RESOLUCIÓN N 002/D/2020
VILLA CARLOS PAZ, 28 de agosto de 2020
VISTO: El Memorandum presentado por la Dirección de Cultura, mediante el cual solicita el reconocimiento de la conformación del Jurado del XXVIII SALÓN DE ARTES
VISUALES DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ; y CONSIDERANDO: Que cada miembro acredita la idoneidad con su curriculum para desempeñar la tarea de Jurado, para la cual es convocado.Que por tal motivo corresponde reconocer oficialmente a las autoridades del Jurado.Que por lo expuesto se emite el acto administrativo correspondiente.Por ello:
EL SECRETARIO DE TURISMO, DEPORTES Y CULTURA en uso de sus atribuciones RESUELVE
ARTÍCULO 1: RECONOCER las autoridades del XXVIII
SALÓN DE ARTES VISUALES DE LA CIUDAD DE VILLA
CARLOS PAZ que se llevará a cabo el día 07 de septiembre de 2020, en nuestra Ciudad, organizado por la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Villa Carlos Paz, el que quedó constituido de la siguiente forma:
1º Jurado: Odasso Alejandro Mariano Pedro, DNI: 10.445.351.2º Jurado: Rivero María Belén, DNI: 26.986.537.3º Jurado: Buzzurro Clarisa Andrea, DNI: 24.226.765.Veedor: Flores Fabián Omar: DNI: 21.627.872.ARTÍCULO 2: La Secretaría Privada, Prensa y Protocolo y la Dirección de Cultura tomarán conocimiento de lo dispuesto en la presente Resolución a los fines que hubiera lugar.ARTÍCULO 3: Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura
Ramón C. Montenegro, Oficial MayorSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO AMBIENTAL

Artículo 3º.- La Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura, la Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.-

RESOLUCIÓN Nº 033/B/2020
Villa Carlos Paz, 16 de septiembre de 2020

Artículo 4º.- El peticionante deberá cumplimentar las medidas de bioseguridad dispuestas en el Protocolo de Flexibilización correspondiente Anexo N 110, y restituir los espacios utilizados, en las mismas condiciones en que les fueron entregados.-

VISTO: El expediente Nº 178565/19 referido a la Red Subterránea de Baja Tensión, en calle José Ingenieros entre Villa Carlos PazLP4296- Contratista: NOVAZ S.R.L EMPRESA
CONSTRUCTORA y;

Artículo 5º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor

3

CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza 5500 se estableció que toda autorización de corte en la vía pública constituye un derecho de uso precario de una parte del Dominio Público Municipal, por un período de tiempo determinado, para la ejecución de una Obra, acción de servicio u ocupación del mismo por parte de un tercero o Empresa, sin que exista una relación contractual con el Municipio.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 9/10/2020

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha09/10/2020

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones394

Primera edición01/01/2015

Ultima edición02/08/2024

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