Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 26/3/2018
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid
Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 60
Lunes, 26 de marzo de 2018
Pág. 6
I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO
AMBIENTE
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
COMISARÍA DE AGUAS
Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico
Núm. 60
Lunes, 26 de marzo de 2018
sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
Pág. 6
organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
cve: BOPVA-A-2018-01280
BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID
Concesión de aguas subterráneas.
Se ha presentado en este Organismo la siguiente petición de concesión: CP- 1653/2017VA ALBERCA-INY
ANUNCIO DE COMPETENCIA DE PROYECTOS
PETICIONARIOS: ELADIO SANTIAGO DIEZ 12271838G y JOSEFA PEREZ DE LA
FUENTE 12271906A
DESTINO DEL APROVECHAMIENTO: riego de 34,723 ha CAUDAL DE AGUA SOLICITADO: 23,41 l/s MASA DE AGUA SUBTERRÁNEA DE DONDE SE HAN DE DERIVAR LAS AGUAS: Tierra de Campos DU-400009
TÉRMINO MUNICIPAL DONDE RADICAN LAS OBRAS: Villanueva de los Caballeros Valladolid De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, se abre un plazo de UN
MES a contar desde la publicación de esta nota en el Boletín Oficial de la Provincia.
Durante este plazo, el peticionario presentará su petición, por cuadriplicado, admitiéndose también otras peticiones que tengan el mismo objeto o sean incompatibles con aquella, en las condiciones y con la documentación prevista con carácter general y para los supuestos que se establecen en el artículo 106 del citado Reglamento. La presentación, mediante instancia, se hará ante esta Confederación Hidrográfica del Duero, C/ Muro, 5 de Valladolid, o ante cualquier registro administrativo de conformidad con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga una utilización de caudal superior al doble del que figure en la petición inicial sin perjuicio de que el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite fijado pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 del artículo 105 antes citado.
El desprecintado de los documentos técnicos, a que se refiere el artículo 107 del mismo Reglamento, se realizará a las trece horas del séptimo día hábil tras la conclusión del plazo de presentación de peticiones. Se levantará acta del resultado, que deberán firmar los interesados presentes.
Valladolid, 8 de febrero de 2018.-La Jefa de Servicio de Concesiones y Autorizaciones.Fdo.: Diana Martín Sánchez.
http www.diputaciondevalladolid.es
D.L.: N VA-200/2010
BOPVA-B-2018-060