Boletín Oficial de Navarra del 18/7/2022

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Página 8912 - Número 142
3.2. Los proyectos deberán ser de alguna de las siguientes tipologías:
a Uso de redes 5G en sensórica, comunicaciones inalámbricas y procesamiento de datos de plantas industriales.
b Uso de red 5G en proyectos relacionados con las tecnologías de Industria 4.0 Ciberseguridad, Visión Artificial, Robótica Colaborativa, etc..
c Uso de redes 5G en proyectos de movilidad, vehículo autónomoconectado, redes de transporte inteligente, Logística-optimización cadena de suministro, etc.
d Uso de redes 5G en proyectos relacionados con la transición energético-medioambiental monitorización de redes, reducción de consumo, eficiencia energética, gestión medioambiental, etc..
e Uso de red 5G en proyectos relacionados con la transición sociosanitaria ambulancia conectada, intervenciones quirúrgicas remotas, etc..
f Uso de la red 5G el ámbito de la seguridad pública servicios de emergencia y comunicaciones críticas, servicios de vigilancia y control de multitudes, etc..
g Uso de redes 5G en proyectos relacionados con las ciudades inteligentes.
3.3. Las entidades o personas indicadas en la base 2, presentarán la candidatura adjuntando la siguiente documentación:
a Datos acreditativos de la personalidad jurídica de la entidad o en su caso, de las personas proponentes, en donde se indique: nombre, dirección, teléfono, página web si la tuviera, NIF o similar, así como aquellos otros documentos que se estimen pertinentes para un mejor conocimiento por parte del Jurado.
b Memoria Técnica del proyecto que se apoye en Tecnología 5G, en formato PDF con un máximo de 50 páginas, que incluirá:
Resumen ejecutivo.
Caso de Uso.
Viabilidad técnica y Plan de Negocio.
Organización y recursos humanos.
Sector y mercado.
Puntos fuertes y débiles del proyecto.
4.Lugar y plazo de presentación de las candidaturas.
4.1. Para la presentación de los proyectos se atenderá a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Para los sujetos a los que se refiere el artículo 14.2 de la citada ley, la documentación relativa al proyecto a valorar, así como otra documentación justificativa de requisitos y méritos, deberá ser presentada de manera telemática obligatoriamente. Las solicitudes y proyectos se dirigirán al director general de Telecomunicaciones y Digitalización y se presentarán en el Registro General Electrónico de Gobierno de Navarra https www.
navarra.es/es/tramites/on/-/line/registro-general-electronico.
4.2. Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas presentarán preferentemente sus candidaturas y trabajos de forma telemática a través del Registro General Electrónico de Gobierno de Navarra, aunque también podrán hacerlo en el Registro de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización c/ Cabárceno número 6, planta baja, 31621 Sarriguren, o en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, haciendo constar en el sobre la misma dirección.
4.3. El plazo de presentación de las candidaturas comienza el día siguiente a la publicación de estas bases y finaliza en un mes desde la fecha de publicación.
5.Criterios de valoración.
Con carácter general los criterios de valoración a aplicar serán:
5.1. Utilización de las capacidades que aporta la Tecnología 5G: casos de uso, con la implicación de todos los agentes, incluyendo los usuarios, que permitan acreditar las grandes mejoras aportadas por el 5G:
Banda ancha móvil de muy alta velocidad y capacidad Enhanced Mobile Broadband, eMBB.
Comunicaciones ultra fiables y de baja latencia Ultra-Reliable and Low Latency Communications, URLLC.
Comunicaciones masivas máquina a máquina Massive Machine Type Communications, mMTC.
Comunicaciones de alta densidad de dispositivos.
Eficiencia energética.
5.2. Innovación: originalidad y valor añadido que supone el proyecto tanto en la aplicación de nuevas tecnologías conjuntamente con la capacidad que aporta 5G, como en la resolución del problema identificado.

Lunes, 18 de julio de 2022
5.3. Potencial impacto en base al público objetivo beneficiado y capacidad de escalabilidad.
5.4. En el caso de los proyectos descritos en el apartado 3.1.b, viabilidad de su puesta en marcha y plan de negocio.
6.Órgano instructor.
La instrucción del procedimiento de concesión del premio corresponde al Servicio de Infraestructuras Tecnológicas y Centro de Soporte de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización, que comprobará el cumplimiento de los requisitos y elevará la documentación al jurado para su valoración.
7.Jurado, fallo, concesión y entrega del premio.
7.1. Integran el jurado del premio las siguientes personas, o aquellas que, en su caso, las sustituyan:
Presidente: Don Guzmán Garmendia Pérez, director general de Telecomunicaciones y Digitalización del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital de Gobierno de Navarra.
Vocal: Doña Agurtzane Martínez Ortigosa, directora general de Innovación del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital de Gobierno de Navarra.
Vocal: Don Leandro Pérez Manzanera, presidente de la Asociación Española de Usuarios de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información AUTELSI.
Vocal: Doña Ainhoa Remírez Mayayo, presidenta de la Asociación Navarra de ingenieros de Telecomunicación.
Vocal: Doña Cristina García López, gerente de ATANA, Clúster TIC
de Navarra.
Vocal: Don Ramón Gonzalo García, rector de la Universidad Pública de Navarra.
Secretario: Don Juan Jesús Jaurrieta Galdiano, secretario general técnico del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital de Gobierno de Navarra.
Secretaria Suplente: Doña María Gabriela Freire Dueñas, técnica de administración pública rama jurídica de la Secretaría General Técnica del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital de Gobierno de Navarra.
7.2. El jurado podrá ser asistido por los técnicos asesores que el tribunal estime necesarios.
7.3. El funcionamiento del jurado se regulará por las normas contenidas en la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.
De manera supletoria, en lo no regulado por la normativa foral será de aplicación la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.4. El fallo se anunciará mediante resolución definitiva de la convocatoria dictada por el director general de Telecomunicaciones y Digitalización.
7.5. La entrega del premio se efectuará en acto público organizado a tal fin el 10 de noviembre de 2022, acto en el que los premiados deberán hacer una presentación del proyecto premiado.
7.6. El jurado se reserva el derecho de declarar desiertos la totalidad o parte de los premios de cualquiera de las 2 categorías en el caso de que se considere que los proyectos presentados no satisfacen los criterios de evaluación.
8.Resolución y publicación de la concesión.
El órgano concedente del premio es el director general de Telecomunicaciones y Digitalización, a propuesta del jurado previsto en la base anterior. La resolución definitiva de la convocatoria será dictada por el director general de Telecomunicaciones y Digitalización. Esta resolución se publicará en la página web www.navarra.es y en las redes sociales.
9.Aceptación de las bases.
La participación en la convocatoria implica la aceptación de todas sus bases. La participación incluye, igualmente, la aceptación de la posibilidad de que, por parte de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización, se pueda difundir, reproducir, distribuir o comunicar por cualquier medio el proyecto premiado, de acuerdo con lo previsto por la legislación de propiedad intelectual, salvo las partes que hayan podido declararse confidenciales por los participantes.
10.Compatibilidad.
Los premios son compatibles con otros premios o subvenciones que los proyectos hayan recibido de la propia Administración, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 18/7/2022

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha18/07/2022

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4850

Primera edición02/03/2001

Ultima edición02/07/2024

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