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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 8/8/2023
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número: 94886
DECRETO 1934 / 2023 DECRETO / 2023-06-02
DECRETO N 1.934/1, del 02/06/2023.
EXPEDIENTE N 2173/110-C-2023.VISTO, la presentación efectuada por la "Cooperativa de Trabajo Constructora de la Paz Limitada", Matrícula Nacional N 66.241 e Inscripción Provincial N 3.827, con domicilio legal en pasaje Martí N 1.874, de esta ciudad, mediante la cual solicita que se le otorgue un subsidio, y CONSIDERANDO:
Que dicho pedido será destinado a la realización de trabajos de limpieza, retiro de cacharros y fumigación de mosquitos, en los barrios San Cayetano, 360 Viviendas, San Expedito y Manantial Sur.
Que la Asesoría Letrada de la Secretaría General de la Gobernación emite dictamen favorable.
Que el Gobierno de la Provincia considera procedente acudir en ayuda de los mismos, brindándoles la asistencia económica solicitada, en la medida que las posibilidades del Estado así lo permitan.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Otorgase a la "Cooperativa de Trabajo Constructora de la Paz Limitada", Matrícula Nacional N 66.241 e Inscripción Provincial N 3.827, con domicilio legal en pasaje Martí N 1.874, de esta ciudad, un subsidio con cargo a oportuna rendición de cuentas, por la suma de $3.000.000.- Pesos tres millones, quedando facultada la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, a emitir la correspondiente Orden de Pago, en atención a lo expresado precedentemente.
ARTÍCULO 2.- Impútase la erogación de referencia a la Jurisdicción 3, Unidad de Organización 040, Finalidad/Función 320, Programa 12, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01, Partida Subparcial 517, Financiamiento: Fuente 10 -Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General Vigente.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Gobierno y Justicia, y firmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.