Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 3/1/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Municipalidad de Tafí Viejo.
ARTICULO 4.- Déjase establecido que la Contaduría General de la Provincia deberá registrar el neto resultante, tanto la puesta a disposición de fondos como las devoluciones por cualquier concepto, conforme lo establece la ley N 8.825.
ARTICULO 5.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda.
ARTICULO 6.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 3/1/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha03/01/2022

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones4437

Primera edición14/12/2004

Ultima edición03/07/2024

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