Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Tucumán » Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán » 29/06/2020
Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 29/6/2020
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número 231240
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/ FMC GROUP S.R.L. S/
EJECUCION FISCAL
POR 10 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Claudia Lia Salas de Zossi y Pereyra Pastorino Raquel María, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ FMC
GROUP S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL. EXPTE. N 7524/17".-, se hace saber a la empresa FMC GROUP S.R.L., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe:"San Miguel de Tucumán, 10 de marzo de 2020. Cúmplase con la medida ordenada con fecha, 07/02/18 mediante la publicación de edictos durante 10 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- Fdo. Dra. Adriana Elizabeth Berni - Juez De Cobros Y Apremios II Nom - San Miguel de Tucumán, 27 de febrero de 2018.- I Por apersonado y con domicilio legal constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado. II Intímese a la parte demandada al pago en el acto de la suma de $401.500,00 y $80.300,00 en concepto de capital y acrecidas respectivamente. En defecto de pago, Cítesela De Remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución Art. 175 Y 179 del Código Tributario. A sus efectos Líbrese Mandamiento Ley 22172, al Jefe De Oficiales De Justicia que por turno corresponda de la ciudad de Av. Córdoba 645, PB - Ciudad Aut. de Buenos Aires, facultándose para el diligenciamiento de la medida al letrado Pautassi Marcelo Iván Eduardo, Tomo 90, Folio 300, CPACF y/o quien éste designe. En caso de que el deudor no fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts.
500 y 157 del C. P. C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 128, ley citada. Notificaciones Diarias en Secretaría. Fdo. Dra. Adriana Elizabeth Berni Juez De Cobros y Apremios II Nom."Se hace constar que las copias se encuentran a su disposición en Secretaría.- Secretaría. 10 de marzo de 2020. Fdo. Dra. Claudia Lia Salas de Sozzi. Secretaria. E 24 y V 07/07/2020. Libre de Derechos. Aviso N
231.240.