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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 26/1/2018
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número 64235
DECRETO 14 / 2018 DECRETO / 2018-01-02
DECRETO N 14/3 SH, del 02/01/2018.
VISTO la Resolución N 1756/SH del 28 de diciembre de 2017 mediante la cual se concede Vacación Anual Ordinaria a la Delegada de Apoyo de la Secretaría de Estado de Hacienda, señora Susana del T. Cáceres, planta permanente, categoría 23, a partir del 2 de enero de 2018 y por el término de quince 15 días, y CONSIDERANDO:
Que a efectos de no afectar el normal funcionamiento del área, resulta menester encargar temporariamente las funciones inherentes a las de Delegada de Apoyo, a la señora Alicia de Fátima Sánchez, planta permanente, categoría 22.
Que en consecuencia corresponde adoptar la medida administrativa teniendo en cuenta lo establecido por el Artículo 11, inc. 1 de la Ley N 5.473 -Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial-, y disposiciones del Artículo 3 del Decreto Reglamentario N 646/1-83.
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Encárgase -por los motivos expuestos en el considerando que antecedelas funciones de Delegada de Apoyo de la SECRETARÍA DE ESTADO DE
HACIENDA, a la señora ALICIA DE FÁTIMA SÁNCHEZ, empleada planta permanente, categoría 22, a partir del 2 de enero de 2018, por el término de quince 15 días y mientras dure la ausencia de su titular, señora SUSANA DEL T. CÁCERES, planta permanente, categoría 23.
ARTÍCULO 2.- Autorízase a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a liquidar y a abonar las diferencias de Categoría, Extensión Horaria, como así también de cualquier otro concepto que perciba la titular del cargo, con motivo de lo dispuesto precedentemente, con imputación a las partidas específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N 440 -Secretaría de Estado de Hacienda-.
ARTÍCULO 3.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.