Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 2/1/2018

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 63814

DECRETO 4160 / 2017 DECRETO / 2017-12-14
DECRETO N 4.160/1, del 14/12/2017.
VISTO, la presentación efectuada por el Movimiento de Unidad Popular Tucumán, mediante la cual solicitan se otorgue un subsidio a las personas que indican en el listado adjunto a la misma, y CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia considera procedente brindar la asistencia económica solicitada, en la medida que las posibilidades del Estado así lo permitan.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Otórgase a las personas que se detallan en el listado que como Anexo Único pasa a formar parte integrante del presente Decreto, a requerimiento del Movimiento de Unidad Popular Tucumán, un subsidio por los montos que en cada caso se indica, quedando facultada la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, a emitir la correspondiente Orden de Pago, por la suma total de $87.000.- Pesos ochenta y siete mil, para hacer efectivo el pago de dichos importes.
ARTICULO 2.- Establécese que el pago se hará efectivo a través de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia, conforme a lo establecido en el Convenio aprobado mediante Decreto N 2.478/1-06, la que una vez terminado el pago, remitirá a la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, la totalidad de los comprobantes suscriptos por los beneficiarios a los fines de la correspondiente rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ARTICULO 3.- Impútase la erogación dispuesta por el Artículo 1 a la Jurisdicción 3, Unidad de Organización N 040, Programa 12, Finalidad/Función 320, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01, Partida Subparcial 514, Financiamiento: Fuente 10, Recursos del Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General Vigente, y lo dispuesto por el Artículo 2 a la Jurisdicción 3, Unidad de Organización N 040, Programa 11, Finalidad/Función 131, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01, Partida Subparcial 355, Financiamiento:
Fuente 10, Recursos del Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General vigente.
ARTICULO 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia, y firmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTICULO 5.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Anexo disponible B.O.D.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 2/1/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha02/01/2018

Nro. de páginas71

Nro. de ediciones4441

Primera edición14/12/2004

Ultima edición11/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2018>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031