Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 22/8/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 61407

DECRETO 2517 / 2017 DECRETO / 2017-08-09
DECRETO N 2.517/1 FE, del 09/08/2017.
EXPEDIENTE N 199/170-DJ-15 y Agreg.VISTO, las presentes actuaciones a través de las cuales se gestiona el pago de capital e intereses y Obra Social, conforme sentencia de fondo recaída en juicio: "Ibarreche, Armando Oscar y Otros C/Provincia de Tucumán S/Cobros Ordinario" Expte. N 89/06 que tramita ante la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sala III, y CONSIDERANDO:
Que a fs. 79 se adjunta el Formulario de Registro de Sentencias Condenatorias Decreto N 1.583/1FE-16 Anexo II.
Que a fs. 80/88 obra copia de Sentencia N 182 de fecha 8 de abril de 2014 que hace lugar a la demanda promovida por los actores en autos.
Que a fs. 127 Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informa que en el juicio de referencia se condena a la Provincia a liquidar el haber previsional según sentencia y a pagar las diferencias generadas por tal concepto. Señala que se presentó planillas de liquidación el 8 de abril de 2015. Señala que la sentencia de fondo se encuentra firme, que la deuda debe abonarse en efectivo ya que se trata de deuda no consolidada. Agrega que no existen registros de pagos, embargos o cesiones por tal concepto y que para el orden de prioridades establecido por la Ley N 8.851, la fecha en que quedara firme la planilla presentada por la Provincia de Tucumán es el 7 de mayo de 2015.
Que a fs. 128 el Departamento Servicio Administrativo Financiero de Fiscalía de Estado informa que no se registra pago bajo este concepto en el juicio de referencia.
Que a fs. 142/143 obran planillas de cálculo confeccionadas por la Dirección de Auditoría de Fiscalía de Estado.
Que a fs. 146/147 obran planillas de cálculo confeccionadas por Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado.
Que a fs. 150 se consigna la imputación presupuestaria que absorberá el gasto.
Que a fs. 153 interviene Secretaria de Estado de Hacienda sin formular observaciones a la liquidación por la suma de $614.583,86.Que a fs. 155 Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado informa que el orden de prelación conforme al artículo 4 de la Ley N 8.851 corresponde al N 39.
Que la Ley N 8.851 en su artículo 3 dispone que los pronunciamientos judiciales que condenan al Estado Provincial serán satisfechos dentro de las autorizaciones del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para la Administración Pública Provincial y hasta su agotamiento.
Que el artículo 4 de esa norma determina que Fiscalía de Estado deberá tomar conocimiento fehaciente de la condena judicial firme antes del 31 de julio de cada año, debiendo remitir a la Secretaría de Estado de Hacienda hasta el 31 de agosto el detalle de los juicios con sentencia condenatoria, con planilla firme a incluir en el proyecto de presupuesto.
Que el artículo 2 del Decreto N 1.583/1FE-16 Reglamentario de la Ley N

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 22/8/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha22/08/2017

Nro. de páginas108

Nro. de ediciones4440

Primera edición14/12/2004

Ultima edición08/07/2024

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