Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 30/12/2016

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

habilitando a la Dirección General de Recursos Humanos en Salud a tener por vacante el lugar.
c El concursante que no se presentare a iniciar las tareas inherentes a la Residencia en la fecha prevista, sin justificación alguna y/o renunciare, quedará inhabilitado para inscribirse en el concurso para ingreso a residencias del Sistema Provincial de Salud, por el plazo de 1 un año.
B Requisitos Los Residentes con Remuneración Provincial, además de los requisitos establecidos en el Art. 10, deberán presentar la siguiente documentación a efectos de incorporarse al Sistema de Residencias, sin perjuicio de los demás requisitos que resultaren de la Ley N5.908, su Decreto reglamentario y normativas concordantes:
a Certificado de Aptitud Psicofísica: formulario vigente en el Sistema Provincial de Salud, en original y con una vigencia máxima de seis meses desde su expedición.
b Certificado de Residencia: expedido por Autoridad Policial competente.
c Constancia de Matrícula profesional habilitante: emitido por Autoridad competente.
d Seguro de Mala Praxis: Constancia y Póliza de contratación.
e Residentes con Remuneración Nacional: deberán completar además los requisitos establecidos por la Dirección Nacional de Capital Humano y Salud Ocupacional del Ministerio de Salud de la Nación, para su incorporación y contratación.
Artículo 28: Al momento de iniciar los trámites de la incorporación, No podrán ingresar al Sistema de Residencias aquellos postulantes que se desempeñen como agentes del Sistema Provincial de Salud, o de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal por ser legalmente incompatibles. Deberán Renunciar a dicho cargo para ingresar a la Residencia.
Artículo 29: Completados los requisitos necesarios para la incorporación, la Dirección General de Recursos Humanos en Salud dictará el Acto Administrativo disponiendo la incorporación de los concursantes al Sistema de Residencias del Sistema Provincial de Salud. Los concursantes no tendrán derecho alguno con anterioridad al dictado y notificación de dicho acto administrativo.
Artículo 30: Si luego del Concurso hubieran quedado cupos vacantes sin cubrir, la Dirección General de Recursos Humanos en Salud podrá, si lo estima oportuno y conveniente, convocar a un nuevo concurso, en los términos del presente Reglamento.
Anexo disponible en B.O.D..
Haga click para ver cuadro 1 deberá estar conectado a internet

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 30/12/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha30/12/2016

Nro. de páginas108

Nro. de ediciones4457

Primera edición14/12/2004

Ultima edición02/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2016>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031