Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 15/10/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

condición podrán presentarse y representar a la sociedad por ante cualquier institución financiera, bancaria, judicial, comercial, administrativa, pública o privada. A tal fin se los faculta a designar apoderados con todas las facultades de ley como a conferir poderes de administración y/o representación a favor de terceros. Articulo Noveno: Los gerentes en el ejercicio de su cargo podrán realizar todos aquellos actos que tiendan al cumplimiento del objeto social entre los que se incluyen los de comprar, vender, permutar, ceder, transferir, hipotecar, prendar, arrendar y subarrendar inmuebles, muebles o semovientes, mercaderías, créditos, acciones o títulos de rentas; solicitar, adquirir, aceptar, explotar, vender o transferir concesiones o privilegios. Dar y tomar dinero en préstamo, con y sin garantía, operar de acuerdo a sus estatutos y reglamentos respectivos con toda clase de entidades financieras públicas o privadas, nacionales o extranjeras, solicitando la apertura de cuentas corrientes; solicitar créditos y librar, firmar, aceptar, avalar, descontar, y negociar, pagarés, giros, cheques, letras, warrants, vales, cartas de crédito y demás documentos comerciales, bancarios o financieros; recibir en depósito efectos o mercaderías, estipular sus condiciones y expedir los correspondientes certificados nominativos al portador; efectuar contratos de seguros, acordar plazos y formas de pago y pactar las condiciones; convenir, pagar y recibir los precios en dinero y en especie; aceptar, constituir, ceder y extinguir derechos reales; hacer y aceptar cualquier dación en pago y cesiones de crédito y derecho; hacer renovaciones, renuncias o quitas, aceptar fianzas y otorgar garantías que le fueran requeridas por reparticiones públicas o privadas por operaciones derivadas del giro de los negocios sociales; prestar cauciones, consignaciones, representaciones y comisiones; celebrar contratos de transporte de cualquier naturaleza y fletamento, emitir y endosar guias y cartas de porte;
establecer sucursales, agencias o representaciones dentro o fuera del país, pudiendo o no asignarles un capital determinado. San Miguel de Tucumán, 14 de octubre de 2015. E y V 15/10/2015. $554,40. Aviso N 193.266.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 15/10/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha15/10/2015

Nro. de páginas121

Nro. de ediciones4455

Primera edición14/12/2004

Ultima edición31/07/2024

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