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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 11/9/2015
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número 192330
JUICIOS VARIOS / RAZU ANDREA DEL MILAGRO C/ JOB & TECHNOLOGY S.A.
POR 3 DIAS - Se hace saber a Technology S.A., que por ante este Juzgado de Conciliación y Trámite de la Sexta Nominación, a cargo de la DRA. Susana Myrian Hanssen, Juez; Secretaría Actuaria desempeñada por el Dr. Carlos Santiago Meuli Guzman y la Dra. Adriana Montini, tramitan los autos caratulados: "RAZU ANDREA
DEL MILAGRO C/ JOB & TECHNOLOGY S.A. S/ ZINDEMNIZACIONES", Expediente N
1402/12, en los cuales se ha dictado el presente proveido, el que deberá publicarse LIBRE DE DERECHOS: "San Miguel de Tucumán, 21 de agosto de 2015.Atento a lo solicitado y constancias de autos, convocase a las partes a la audiencia de conciliación prevista por el Art.69 de la ley 6.204, para el día 23
de Septiembre del cte. año a horas 10:30, debiendo comparecer las mismas, en los términos del Art. 72 y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art.73 de igual digesto procesal el que se transcribe: "Si la parte actora no compareciera a la audiencia, se tendrá por desistida la demanda y la contestación de la reconvención si la hubiera. Si no lo hace la parte demandada por sí o por apoderado con facultades suficientes para obligarse, se tendrá por desistida la contestación de la demanda y la reconvención, en su caso, devolviéndose el escrito de responde y produciéndose los efectos establecidos en el art.58. Además se tendrán por auténticos y recepcionados los documentos acompañados a la demanda, sin admitir prueba en contrario. Estos apercibimientos se harán conocer a las partes y sus representantes en el acto de la notificación de la audiencia.
En caso de no comparecer el letrado apoderado y no designar por escrito un letrado sustituto para representar y/o patrocinar en la audiencia a la parte que representa, sufrira una reducción del treinta por ciento de los honorarios que le correspondan por su actuación en juicio, importe que se destinará a la biblioteca del poder Judicial.Igual sanción sufrirá el letrado apoderado, si el letrado sustituto no compareciera a la audiencia".- Hágase saber a los letrados, a los fines de la notificación, que deberán dar cumplimiento con lo previsto en el Art.
17 inc. b del CPL y con la antelación prevista por el Art. 69 del mencionado digesto.- Asimismo, tratándose que el domicilio de la accionada se encuentra vació, conforme lo informado por el Sr. Oficial Notificador en reiteradas oportunidades, notifíquese el presente proveído a la demandada Technology S.A., mediante Edictos -Libre de Derechosel que se publicará en el Boletín Oficial por el término de tres días.- Personal.-" Fdo: dra. Susana M. Hanssen - Juez-.
Secretaría, 31
de agosto de 2015. E 09 y V 11/09/2015. Libre de Derechos.
Aviso N 192.330.