Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 16/1/2015

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 43311

DECRETO 35 / 2015 DECRETO SINTETIZADO / 2015-01-12
DECRETO N 35/3 ME, del 12/01/2015. --- Otórgase al Personal de la Administración Pública Provincial Centralizada, de los Organismos Descentralizados, de las Comunas Rurales, del Tribunal de Cuentas y de la Defensoría del Pueblo, una Ayuda Social de $360.- mensuales, a partir de enero de 2015 y hasta diciembre de 2015, inclusive, excluyendo de tales disposiciones al Escalafón Docente, Escalafón Seguridad y personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad y del Sistema Provincial de Salud. Extiéndase las disposiciones del presente decreto al personal contratado de la Administración Pública Provincial, cuyo haber se equipare a categorías presupuestarias entre 1 a 24, ambas inclusive. Otórgase, desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2015, al personal en actividad en la Administración Pública Centralizada y Comunas Rurales, comprendidos en el Escalafón General, una Ayuda Social de idénticas características a la otorgada oportunamente por los Artículos 1, 2 y 3 del Decreto N 4540/3 ME del 12 de diciembre de 2006 y sus modificatorios, Decretos N 680/3ME del 9 de marzo de 2007, N 946/3ME del 27 de marzo de 2007; N 976/3ME del 29 de marzo de 2007 y N 1044/3ME del 12 de diciembre de 2007. Dispónese que el adicional previsto en el Artículo 1 del presente decreto tendrá el carácter Remunerativo, No Bonificable, para el personal que, por edad y/o antigedad, se encuentre en condiciones de acceder al beneficio previsional dentro de los próximos diez 10 años, siendo el importe bruto que perciba el agente de $426,03. Invítase al Poder Judicial, Poder Legislativo, a los Municipios de la Provincia y Entes Autárquicos a adherir a las disposiciones del presente acto administrativo. Facúltase a la SECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA a otorgar las Asistencias Financieras Reintegrables, conforme lo soliciten los organismos municipales, a los fines del presente decreto. Facúltase a la SECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA a efectuar las adecuaciones presupuestarias pertinentes.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 16/1/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha16/01/2015

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones4437

Primera edición14/12/2004

Ultima edición03/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2015>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031