Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 22/9/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

no revistiendo el carácter de limitativa.- Sexta: Las resoluciones sociales se adoptarán en la forma dispuesta en el articulo 159 primera parte párrafo segundo de la Ley 29.550, rigen las mayorías previstas en el articulo 160 de la citada ley y cada cuota da derecho a un voto. Toda comunicación o citación a los socios se sujetará a lo dispuesto en el artículo 159 último párrafo de la ley 19.550.
Séptima. Las cuotas son libremente transmisibles con las limitaciones que se establecerán a continuación. Ningún socio podrá ceder sus cuotas sociales a terceros extraños a la sociedad, salvo con el consentimiento de lo restantes socios, quienes manifestarán en forma expresa su decisión al socio cedente dentro de los 30 días de comunicada a la gerencia la voluntad de vender las cuotas sociales, el nombre del interesado y el precio Octava: En caso de fallecimiento o incapacidad legalmente declara de cualquier de los socios, la sociedad continuará con el o los herederos del socio fallecido, quienes a tal efecto deberán unificar su representación, salvo conformidad con un representante nombrado, quién no tendrá en ningún caso el uso de la firma social. En el supuesto de que los herederos del socio fallecido o representante legal no quisieran continuar en la sociedad, estos deberán vender sus cuotas a los socios restantes, quienes podrán adquirirlas en proporción a sus respectivos capitales y en caso de negativa de alguno de ellos las cuotas podrán ser adquiridas por los demás socios en iguales proporciones. En caso de que el o los herederos o el representante legal del socio fallecido o incapacitado dispusieran las venta de sus cuotas sociales, estas serán abonadas de la siguiente forma: el 20% al contado, y el saldo en dos cuotas semestrales iguales y consecutivas con un interés bancario sobre el saldo, el que se liquidará conjuntamente con el vencimiento de cada cuota Novena: El ejercicio de la administración y dirección de la sociedad, como así también el desarrollo de tareas técnicas específicas, podrán ser remuneradas, debiendo resolverse en reunión de socios los mecanismos y características de esta retribución.- Décima. El ejercicio social cerrará el treinta y uno de diciembre de cada año, debiéndose confeccionar el balance y demás documentos ajustados a las normas legales vigentes los que serán puestos a disposición de los socios con no menos de quince días de anticipación a su consideración. Undécima. De las utilidades líquidas y realizadas que resulten de los citados Balances Generales de la sociedad en cada ejercicio económico, se destinará, 5% de las mismas para formar el fondo de reserva lega, como así también se destinarán a las reservas voluntarias o extraordinarias que pudieren crearse. Las ganancias y pérdidas que arrojasen los Balances serán asignadas o soportadas por los socios e la proporción al capital aportado, salvo que por disposición unánime de los .socios se dispusiera otro u otros mecanismos designación de resultados, lo que deberá constar en acta respectiva. Duodécima: Producida la disolución, la sociedad será liquidada por le socio gerente o por la persona designa de común acuerdo entre los socios. Realizado el activo de la sociedad y una vez cancelado el pasivo de la misma, como así también la remuneración del liquidador interviniente, si lo hubiere, el remanente resultante se distribuirá entre los socios en proporción al capital aportado.-Décimo Tercera: Cualquier divergencia que se suscitare entre los socios durante la vigencia o en oportunidad de la disolución o liquidación de esta sociedad, será resuelta por árbitros amigables componedores designados uno por cada parte debiendo a su vez, designar un tercero antes de laudar, y cuyo fallo será inapelable.- San Miguel de Tucumán, 14 de septiembre 2009. Dra. Maria Cristina Marquez de Robin, Secretaria. E y V 22/09/2009. $132,68. Aviso N

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 22/9/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha22/09/2009

Nro. de páginas172

Nro. de ediciones4442

Primera edición14/12/2004

Ultima edición12/07/2024

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