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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 1/10/2007
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número 130502
JUICIOS VARIOS / MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN
POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. Elena Estrella García de Montenegro, en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN C/ SCHAPIRA ESTER
CRISTINA S/ COBRO EJECUTIVO ING. JUZG. 17/10/05. EXPTE. N 4808/05".-, se hace saber a la Sra. Schiapira, Ester Cristina, cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 28 de agosto de 2007. Atento a lo peticionado y constancias obtrantes en autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha, 28/10/05 mediante la publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial.
Ofíciese.- CC-4808/05 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni - Juez De Cobros Y
Apremios II NOM San Miguel de Tucumán, 28 de octubre de 2005. I Por apersonado y con domicilio legal constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado. II Resérvese en caja fuerte de Secretaría la documentación original presentada. III Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de $350,00 y $70,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela De Remate a fin de que oponga las excepciones que estimare tener en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución Art. 502 Inc. I y ccs. del C.P.C. y C.. En defecto de pago, Trábese Embargo sobre bienes muebles suficientes de pertenencia de la demandada, que tuviere en su poder y que serán denunciados por Marta Alicia Álvarez A.2899
y/o quien éste designe. En el acto de la medida deberá designarse a la parte demandada y/o persona responsable depositaria judicial de los bienes objeto de la medida con todas las responsabilidades de ley. El funcionario actuante requerirá a la parte demandada que manifieste si los bienes embargados se encuentran ya embargados o afectados por prenda u otro gravamen, indicando en caso afirmativo Juzgado, Secretaría, Juicio, nombre y domicilio de los acreedores. Cúmplase con lo dispuesto por los Arts. 515 y 513 del C.P.C. y déjese copias ordenadas en el Art. 129 del C.P.C. En caso de que el deudor no fuese hallado se procederá de conformidad con lo dispuesto con el Art. 515, 517 y 158 de nuestro digesto procesal. Notificaciones Diarias en Secretaría. Líbrese mandamiento. Se autoriza el uso de la fuerza pública y orden de allanamiento en caso de ser necesario.SSC 4808/05 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni - Juez De Cobros Y Apremios II
Nom. "Se hace constar que las copias se encuentran a su disposición en Secretaría.- Secretaría. 28 de agosto de 2007.Fdo. Dra. Elena E. G. De Montenegro. E 01 y V 05/10/2.007. $358.97. Aviso N 130.502.