Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 14/5/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXX - Ushuaia, Viernes 14 de Mayo de 2021 - Nº 4863

por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor de TORROELLA, Elsa Virginia CUIL / DNI
Nº 27-13457321-5.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del subsidio dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago de la última cuota. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8090UG UGC UC8090 INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOLUCIÓN N 1121

19/04/2021

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un subsidio en el marco de la Línea Recuperación a favor de Pablo Adolfo Díaz Caucaman, CUIT Nº 20-30882345-9, por la suma de PESOS NOVECIENTOS CIENTOS MIL 00/00 $900.000.00, la que será abonada en tres 3 períodos iguales y consecutivos por única vez, ascendiendo a la suma total de pesos TRESCIENTOS MIL CON 00/00 $300.000,00
sujeto a la rendición mensual por parte del beneficiario. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor de Pablo Adolfo Díaz Caucaman CUIL / DNI
Nº 20-30882345-9.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del subsidio dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago de la última cuota. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8090UG UGC UC8090 INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOLUCIÓN N 1122

19/04/2021

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un subsidio en el marco de la Línea Recuperación a favor de la firma La Riograndense Constructora en el Fin del Mundo S.A.S CUIT Nº 30-71679625-2, por la suma de PESOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS
VEINTIDOS CON 50/100 $24.622,50, la que será abonada en tres 3 períodos iguales y consecutivos por única vez, ascendiendo a la suma total de PESOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 50/100 $73.867,50, sujeto a la rendición mensual por parte del beneficiario. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor de la firma La Riograndense Constructora en el Fin del Mundo S.A.S CUIT Nº30-71679625-2.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del subsidio dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago de la última cuota. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8090UG UGC UC8090 INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOLUCIÓN N 1123

19/04/2021

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un subsidio en el marco de la Línea Recuperación a favor de WEIS Hebe Yvonne, CUIT Nº 27-17060604-9, por la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA CON 64/100 $84.570,64, la que será abonada en tres 3 períodos iguales y consecutivos por única vez, Ascendiendo a la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS ONCE CON 92/100 $253.711,92, sujeto a la rendición mensual por parte del beneficiario. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 14/5/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha14/05/2021

Nro. de páginas231

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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