Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 13/6/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

2016 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL
2017 - AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES

AÑO XXVI -

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Ushuaia, Martes 13 de Junio de 2017 - Nº 3898

Nº 3898

AÑO XXVI

BOLETIN OFICIAL
República Argentina PODER EJECUTIVO
Rosana Andrea BERTONE
Gobernadora
Juan Carlos ARCANDO
Vicegobernador
Leonardo Ariel GORBACZ

José Luis ÁLVAREZ

José Daniel LABROCA

Ramiro Carlos CABALLERO

Ministro Jefe de Gabinete
Ministro de Gobierno y Justicia
Ministro de Economía
Ministro de Industria
Marcos Arturo COLMAN

Diego Rubén ROMERO

Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca
Ministro de Salud
Ministro de Educación
Paula Elizabeth GARGIULO

Carlos Claudio CARRERA

Luis Alberto VAZQUEZ

Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Ministerio de Obras y Servicios Públicos
Javier Marcelo EPOSTO

Olaf Leopoldo Lucas JOVANOVICH

Ministro de Ciencia y Técnología
Mauro Javier PÉREZ TOSCANI

Secretario General de Gobierno
Secretario de Planificación Estratégica, Ordenamiento Territorial y Hábitat
Secretario de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático
Leonardo Miguel ZARA

Ezequiel Eduardo MURRAY

Secretario de Desarrollo e Inversiones
Secretario de Estado de Seguridad
Secretario de Asuntos Relativos aAntártida, Islas Malvinas y del Atlántico Sur y sus Espacios Marítimos Circundantes
Omar Daniel NOGAR
Secretario de Energía e Hidrocarburos Secretario de Representación Oficial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Jorge Ernesto LÓPEZ
Gimena Araceli VITALI
Secretario Legal y Técnica
Ushuaia, Martes 13 de Junio de 2017
LEY PROVINCIAL N 1157
Sancionada el día 18 de Mayo de 2017.Promulgada el día 02 de Junio de 2017.LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

necesidades de servicio en el ámbito del Poder Ejecutivo conforme el siguiente detalle:
a cuarenta 40 vacantes para ser destinadas a cubrir cargos de personal profesional de distintas especialidades médicas en el ámbito del Ministerio de Salud.
b ochenta y seis 86 vacantes para ser destinadas a cubrir a cubrir cargos de personal profesional universitario y/o técnico terciario de enfermería en el ámbito del Ministerio de Salud.
Artículo 3.- Autorízase al Ministro de Economía a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la presente ley.
Artículo 4.- Comuniquese al Poder Ejecutivo.

Artículo 1.- Sustituye el artículo 19 de la Ley provincial 1132, por el siguiente: "Artículo 19.- Fijase en nueve mil quinientos seis 9.506 el número total de cargos de la planta de personal permanente y de personal no permanente del Poder Ejecutivo Provincial, exeptuando el escalafón docente para el Ejercicio 2017."
DADA EN SESIÓN ORDINAArtículo 2.- Los ciento veintiséis RIA DEL DÍA 18 DE MAYO DE
126 cargos incorporados en vir- 2017.
tud de lo dispuesto en el artículo 1
solo podrán ser destinados a cubrir ARCANDO

---0---

DECRETO N 1444

02-06-17

POR TANTO:
Téngase por Ley N 1157. Comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia y archívese.
BERTONE
Luis A. VAZQUEZ
LEY PROVINCIAL N 1158
Sancionada el día 18 de Mayo de 2017.Promulgada el día 08 de Junio de 2017.-

del Atlántico Sur en todos sus términos a lo dispuesto en el artículo 54
de la Ley nacional 27.198, por el cual se prorrogan para el Ejercicio 2016
las disposiciones contenidas en los artíclos 1 y 2 de la Ley nacional 26.530.
Artículo 2.- Adhiérese la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur en todos sus términos a lo dispuesto en el Capítulo IX de la Ley nacional 27.341, por el cual se fijan pautas del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal para el ejercicio 2017.
Artículo 3.- Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a la ley nacional 25.917 Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, tal como lo ha hecho el Estado Provincial por ley 694.
Artículo 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
DADA EN SESIÓN ORDINARIA
DEL DÍA 18 DE MAYO DE 2017.
Artículo 1.- Adhiérese la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas ARCANDO

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 13/6/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha13/06/2017

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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