Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 16/2/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
2016 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL
2017 - AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
AÑO XXVI -
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Ushuaia, Jueves 16 de Febrero de 2017 - Nº 3825
Nº 3825
AÑO XXVI
BOLETIN OFICIAL
República Argentina PODER EJECUTIVO
Rosana Andrea BERTONE
Gobernadora
Juan Carlos ARCANDO
Vicegobernador
Leonardo Ariel GORBACZ
José Luis ÁLVAREZ
José Daniel LABROCA
Ministro Jefe de Gabinete
Ministro de Gobierno y Justicia
Ministro de Economía
Luis Alberto VAZQUEZ
Marcos Arturo COLMAN
Diego Rubén ROMERO
GabrielA. KOREMBLIT PELLEGRINI
Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca
Ministro de Salud
Ministro de Educación
Ministro de Ciencia y Técnología
Paula Elizabeth GARGIULO
Carlos Claudio CARRERA
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Javier Marcelo EPOSTO
Olaf Leopoldo Lucas JOVANOVICH
Ramiro Carlos CABALLERO
Ministro de Industria
Omar Daniel NOGAR
Ministerio de Obras y Servicios Públicos
Secretario de Energía e Hidrocarburos
Mauro Javier PÉREZ TOSCANI
Secretario de Representación Oficial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Secretario General de Gobierno
Secretario de Planificación Estratégica, Ordenamiento Territorial y Hábitat
Secretario de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático
Leonardo Miguel ZARA
Ezequiel Eduardo MURRAY
Secretario de Desarrollo e Inversiones
Secretario de Estado de Seguridad
Secretario deAsuntos Relativos aAntártida, Islas Malvinas y del Atlántico Sur y sus Espacios Marítimos Circundantes
Jorge Ernesto LÓPEZ
Gimena Araceli VITALI
Secretario Legal y Técnica
Ushuaia, Jueves 16 de Febrero de 2017
DECRETO N 307
06-02-17 EC/2010 del registro de esta Gobernación; y ARTÍCULO 1.- Desestimar por inadmisible la presentación articuCONSIDERANDO:
lada como Denuncia de IlegitimiQue mediante el Decreto Provindad contra el Decreto Provincial N cial N 1949/10, se dispuso la avo2839/2007, deducida por el Sr. Jorge cación del Poder Ejecutivo a la deHoracio GUTIERREZ MILLÁN, terminación de la existencia y alD.N.I. N 4.306.349, puesto que cance de créditos a percibir por la decisión allí contenida resulta iparte de la Provincia, con causa en rrecurrible en función de lo presla deficiente liquidación de regalías cripto por el artículo 143 in fine de de Gas Natural exportado a la Rela Ley Provincial N 141. Ello, por pública de Chile, Gas Licuado de los motivos expuestos en los conPetróleo GLP, régimen aplicable siderandos precedentes.
al precio del petróleo para la liquiARTÍCULO 2.- Notificar al intedación de regalías y el cómputo de resado que la decisión contenida en ciertos gastos a los fines del cálcuel presente, resulta irrecurrible de lo de regalías de gas, desde el año conformidad con lo dispuesto en 2006 en adelante.
el artículo 143 in fine de la Ley Que el Decreto citado delegó en la Provincial N 141.
Secretaría de Ingresos Públicos y ARTÍCULO 3.- De forma.
Coordinación Fiscal, dependiente del por entonces Ministro de EcoBERTONE nomía, la substanciación del proJosé L. ALVAREZ cedimiento administrativo necesario a los fines de emitir el acto adDECRETO N 308
06-02-17 ministrativo definitivo y final, que determine la existencia y alcance VISTO el Expediente N 14094- de créditos exigibles por los con-
ceptos precitados.
Que como consecuencia de ello y mediante el expediente citado en el visto, tramitó el dictado del Decreto Provincial N 3215/11, el que en los términos del artículo 18, primer párrafo del Decreto Nacional N 1671/69, determinó de oficio la deuda que mantendría la firma TOTAL AUSTRAL S.A., para con la Provincia, en concepto de regalías por el producido de gas natural exportado a la República de chile, desde enero de 2007
a junio de 2007, que ascendería a la suma de PESOS TRES MILLONES OCHOSCIENTOS TREINTA MIL CIENTO OCHENTA
CON 39/100 $ 3.830.180,39, calculados al 30 de noviembre de 2010 fs. 242/274.
Que contra el Decreto precitado, la empresa interpuso en fecha 03
de abril de 2012, mediante apoderado, un Recurso de Reconsideración y solicitó la suspensión administrativa del mismo fs. 283/300.
Que la Agencia de Recaudación Fueguina AREF, tomó interven-
ción mediante Nota Pase G. TI. N
96/16 fs.370/371.
Que en fecha 13 de diciembre de 2013, se emitió el Decreto Provincial N 2923/13, mediante el cual se dejó sin efecto su par N 3215/
11 y se autorizó al Sr. Fiscal de Estado a allanarse en los autos caratulados: TOTAL AUSTRAL
S.A. C/ TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR PROVINCIA S/
ACCIÓN DECLARATIVA DE
CERTEZA Expte. N T45/2013
ORI fs. 372.
Que la Secretaría Legal y Técnica tomó intervención emitiendo el Dictamen S.L. y T. N 495/16, por el que sugirió dictar un acto administrativo por el cual se declare abstracto el tratamiento del Recurso de Reconsideración interpuesto en fecha 03 de abril de 2012 fs.
283/300 por el apoderado de la firma TOTAL AUSTRAL S.A., contra el Decreto Provincial N
3215/11, por haber perdido virtualidad el mismo como consecuencia del dictado del Decreto Provincial
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"