Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 9/5/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXIII -

Ushuaia, Viernes 09 de Mayo de 2014 - Nº 3308

DECRETO N 872

25-04-14 Que a tales fines es oportuno facultar al Ministerio de Economía a ARTÍCULO 1.- Aceptar la renunotorgar un adelanto financiero al cia presentada por la agente Liliana Municipio de Tolhuin por hasta el Mabel GIGENA, legajo N monto total de PESOS UN MI13536239/00, categoría 22 P.A. y T., LLÓN TRESCIENTOS MIL $
a partir del día doce 12 de mayo 1.300.000,00.
de 2014, a fin de acogerse al benefiQue se cuenta con la partida precio de la Jubilación Ordinaria, de consupuestaria necesaria para afronformidad a la Ley Provincial 561 y tar dicha erogación.
lo dispuesto en el artículo 49, inciso Que a fs. 9/10, ha tomado interc de la Ley Nacional 22.140. Ello vención el Sr. Contador General de por los motivos expuestos en los conla Provincia.
Que el suscripto se encuentra fasiderandos.
ARTÍCULO 2.- Notificar a la intecultado para dictar el presente acto resada, comunicar a quienes corresadministrativo en virtud de lo disponda, dar al Boletín Oficial de la puesto en los artículos 128 y 135 de la Constitución Provincial.
Provincia y archivar.
CROCIANELLI Por ello:
EL VICEGOBERNADOR DE
Sandra I. MOLINA
LA PROVINCIA DE TIERRA
DECRETO N 873
28-04-14 DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E
ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER
VISTO el Expediente N 176 - EC/
EJECUTIVO
14 del registro de esta Gobernación;
DECRETA:
y CONSIDERANDO:
Que mediante Notas suscriptas por el Sr. Presidente del Concejo Deliberante de Tolhuin, las cuales fueran remitidas al Poder Ejecutivo Provincial por el Sr. Intendente municipal de Tolhuin, se solicita la gestión ante las autoridades provinciales de un adelanto de coparticipación para atender problemas financieros transitorios por los que atraviesa el cuerpo deliberativo de dicho municipio, obrantes a fs. 2/3-11/12.
Que como consecuencia de ello, el Concejo Deliberante del Municipio de Tolhuin, se ve impedido en forma transitoria de atender los compromisos contraídos derivados de la ejecución de su presupuesto de gastos.
Que se considera conveniente otorgar a la Municipalidad de Tolhuin un anticipo a cuenta de los recursos que recibe en concepto de coparticipación, con el objeto de subsanar deficiencias transitorias de caja, procurando así, soluciones a las dificultades financieras por las que atraviesan las instituciones de ese municipio.
Que los fondos adelantados se retendrán, de acuerdo a la normativa vigente, de los ingresos a coparticipar al Municipio de Tolhuin.
Que la devolución de los fondos adelantados se efectuará sin exceder el ejercicio fiscal en vigencia.

ARTICULO 1.- Facultar al Ministerio de Economía a otorgar un adelanto financiero a la Municipalidad de Tolhuin, por hasta el monto total de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL $ 1.300.000,00.
Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Facultar al Ministerio de Economía a disponer la cancelación del anticipo otorgado, la que se efectuará dentro del presente ejercicio financiero, mediante la afectación de la respectiva coparticipación del Municipio de Tolhuin en el régimen de la Ley Provincial N 892 y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico.
ARTÍCULO 3.- Imputar la presente erogación a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4.- Notificar a la Municipalidad de Tolhuin, al Concejo Deliberante de Tolhuin y al Ministerio de Economía, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CROCIANELLI
Osvaldo J. MONTI
DECRETO N 874

28-04-14

VISTO el Proyecto de Ley sancionado por la Legislatura Provincial en la Sesión Ordinaria del día 9 de
abril de 2014; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se incorpora un párrafo al Artículo 107 de la Ley Provincial N 439 Código Fiscal.
Que el Ministerio de Economía ha emitido opinión mediante la Nota M.E. N 31/14 sugiriendo el Veto Total del referido Proyecto de Ley.
Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado la intervención que le compete emitiendo el Dictamen S.L.y T. N 260 /2014, por el cual se sugiere el Veto Total del Proyecto del VISTO.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en los artículos 109, 128 y 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL VICEGOBERNADOR DE
LA PROVINCIA DE TIERRA
DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E
ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER
EJECUTIVO
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Vetar Totalmente el Proyecto de Ley que fuera sancionado por la Legislatura Provincial en la Sesión Ordinaria del día 9 de Abril de 2014, mediante el cual se incorpora un párrafo al Artículo 107 de la Ley Provincial N
439. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos y en el Dictamen S.L.y T. N 260/14.
ARTÍCULO 2.- Devolver a la Legislatura Provincial el Proyecto de Ley indicado, a los efectos previstos en el Artículo 109 de la Constitución Provincial.
ARTÍCULO 3.- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

presente y del Dictamen SLyT N
258/14.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria U.G.G. N 7638 Inciso 5.1.2, correspondiente al ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4.- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CROCIANELLI
Gabriela C. MUÑIZ SICCARDI
DECRETO N 876

28-04-14

ARTÍCULO 1.- No hacer lugar a la solicitud de excepción al artículo 6, apartado III, inciso b párrafo tercero dos años de antigedad como mínimo de ejercicio efectivo en la función para la cual fue designado del Anexo I del Decreto Territorial N 692/86, presentada por la docente María Vicenta del Carmen RAMIREZ, D.N.I. N
25.699.015. Ello conforme a los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente y del Dictamen D.G.A.J.
M.ED. N 30/13, haciéndole saber que podrá interponer Recurso de Reconsideración dentro de los diez 10 días de notificada, conforme al artículo 127 de la Ley Provincial N 141.
ARTÍCULO 3.- Comunicar a quienes corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincial y archivar.
CROCIANELLI
Sandra I. MOLINA
DECRETO N 877

28-04-14

VISTO el Expediente N 019751ED/2013 del registro de esta Gobernación; y
CROCIANELLI CONSIDERANDO:
Osvaldo J. MONTI Que mediante el mismo tramita el Convenio de Adhesión registrado DECRETO N 875
28-04-14 bajo el N 16631, suscripto en fecha veintitrés 23 de julio de 2013, ARTÍCULO 1.- Otorgar una penentre el Ministerio de Educación de sión de guerra establecida en el arla Nación, representado por el Setículo 5 de la Ley Provincial 407, cretario de Educación, Lic. Jaime al señor Daniel Mártirez GONZAPERCZYK, D.N.I. N 17.030.695, LEZ, DNI N 14.779.784. Ello por y la Provincia de Tierra del Fuego, los motivos expuestos en los consiAntártida e Islas del Atlántico Sur, derandos precedentes y el Dictarepresentada por la Ministra de Educación, Lic. Sandra Isabel men SLyT N 258/14.
ARTÍCULO 2.- Notificar al inteMOLINA, D.N.I. N 16.165.139.
resado con copia autenticada del Que dicho Convenio tiene como

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 9/5/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha09/05/2014

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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