Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 25/4/2014
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
2014 - AÑO DE HOMENAJE AL ALMIRANTE BROWN, EN EL BICENTENARIO DEL COMBATE NAVAL DE MONTEVIDEO
AÑO XXIII -
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Ushuaia, Viernes 25 de Abril de 2014 - Nº 3303
Nº 3303
AÑO XXIII
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dn. Roberto Luis CROCIANELLI
Vicegobernador
Dr. Guillermo Horacio ARAMBURU
Ministro Jefe de Gabinete
Dr. Gustavo Alejandro ZANONE
Lic. Osvaldo Julio MONTI
Prof. Sandra Isabel MOLINA
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad
Ministro de Economía
Ministro de Educación
Farm. Andrés Germán ARIAS
Abg. Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI
Sr. Gerardo Raúl CHEKHERDEMIAN
Dra. Marisa Emilce MONTERO
Ministro de Salud
Ministro de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos
Ministro de Trabajo
Ministro de Desarrollo Social
Sra. Inés Carolina YUTROVIC
Ing. Ftal. Fabián Andrés BOYERAS
Sr. Omar Daniel NOGAR
Sra. Nélida BELOUS
Ministro de Industria e Innovación Productiva
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Secretario de Energía e Hidrocarburos
Secretario de Derechos Humanos
Sr. Gustavo Sergio LONGHI
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
C.P. Abraham Darío FARIAS
Dra. Leila Eleonora GIADAS
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Ushuaia, Viernes 25 de Abril de 2014
DECRETO N 715
08-04-14 de Octubre de 2012, los nuevos coeficientes en virtud de la mencioVISTO el Expediente N 7690-EC/ nada ley.
2013 del registro de esta GobernaQue en consecuencia, corresponción; y de efectuar la liquidación definitiva de coparticipación a las MunicipaCONSIDERANDO:
lidades de Ushuaia, Río Grande y Que de acuerdo a lo establecido en Tolhuin de los fondos que deben ser la Ley Territorial N 343, Ley Protransferidos a los municipios, según vincial N 231 y en el Decreto Prolo pactado en el convenio registravincial N 82/92 corresponde realido bajo el N 1121, ratificado por zar la liquidación mensual de la disDecreto Provincial N 3134/93, tribución de ingresos coparticipaResolución M.E. N 298/07, de los bles.
Ingresos Coparticipables corresponQue se conocen las cifras definitidientes al mes de Julio de 2013.
vas de los ingresos coparticipables Que en virtud de la Ley Provincial correspondientes al mes de Julio de N 886, Artículo 3, en la que se in2013.
corpora el inciso o al Artículo 12
Que por Ley Provincial N 892, prode la Ley Provincial N 22, corresmulgada el día 09 de Octubre de ponde detraer con carácter previo 2012, se transforma a la entonces a la distribución de recursos de oriComuna en Municipio de Tolhuin, gen Provincial en concepto de Inpor tal motivo se aplicó hasta la Regresos Brutos, el CUARENTA
caudación de Recursos CoparticiPOR CIENTO 40% de lo recaupables del 09 de Octubre de 2012 dado en concepto de Impuestos los coeficientes vigentes a esa fesobre Ingresos Brutos, por la venta cha, y a partir de la Recaudación de repuestos, neumáticos y accede Recursos Coparticipables del 10 sorios de todo tipo de automotores.
Que, con carácter previo a la distribución de la recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de fuente local y de Convenio Multilateral, corresponde detraer el DOS COMA TRES POR CIENTO 2,3% del total recaudado y rendido mensualmente por la Dirección General de Rentas de la Provincia, con destino a la conformación del Fondo Provincial de Ayuda a los Cuerpos Activos de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, según lo establecido en la Ley Provincial N 736, y su Decreto Reglamentario N 1271/07.
Que por Decreto Provincial N 636/
09, la Provincia se adhiere en todos sus términos a participar del FONDO FEDERAL SOLIDARIO dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 206/09, por tal motivo dicho fondo se incorpora en la liquidación del presente.
Que, con carácter previo a la distribución de la recaudación en concepto de Coparticipación Federal de Impuestos de origen Nacional, co-
rresponde detraer del total recaudado, la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO
OCHENTA Y TRES CON 40/100
$ 36.183,40.-, según lo informado por la Comisión Federal de Impuestos mediante Nota N 55/13, en concepto de Fondo Nacional para Educación y Promoción Cooperativa creada mediante Ley Nacional N 23.247 y adherida por la Provincia mediante Ley Provincial N
727, en virtud del carácter específico de dicho fondo determinado mediante Acuerdo Plenario N 2183.
Que en relación a lo establecido mediante Resolución M.E. N 891/
11, corresponde detraer del total recaudado en concepto de Coparticipación Federal de Impuestos, una vez deducido el importe correspondiente al Fondo para la Educación y Promoción Cooperativa Ley Nacional N 23.247, el CERO COMA
CUARENTA Y CINCO POR
CIENTO 0,45% en concepto de Aporte al Consejo Federal de Inversiones.
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"