Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 8/2/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

en Memoria a los08Héroes de Malvinas AÑO XXI2012
- Ushuaia, Miércoles de Febrero de 2012 - Nº 2977

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Nº 2977

AÑO XXI

BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dn. Roberto Luis CROCIANELLI
Vicegobernador
Dr. Guillermo Horacio ARAMBURU
Ministro Jefe de Gabinete
Dr. Gustavo Alejandro ZANONE

C.P. Hiram Chistian Javier RUIZ

Prof. Sandra Isabel MOLINA

Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad
Ministro de Economía
Ministro de Educación
Dra. María Haydee GRIECO

M.M.O. Manuel Fernando BENEGAS

Sra. Inés Carolina YUTROVIC

Dra. Marisa Emilce MONTERO

Ministro de Salud
Ministro de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos
Ministro de Trabajo
Ministro de Desarrollo Social
C.P. Fabio DELAMATA

Lic. Ariel Ernesto MARTINEZ

Sr. Omar Daniel NOGAR

Sra. Nélida BELOUS

Ministro de Industria e Innovación Productiva
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Secretario de Energía e Hidrocarburos
Secretario de Derechos Humanos
Sr. Gustavo Sergio LONGHI
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Lic. Osvaldo Julio MONTI

Dra. Leila Eleonora GIADAS

Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Ushuaia, Miércoles 08 de Febrero de 2012
DECRETO N 256

03-02-12 de la Provincia y archivar.

ARTÍCULO 1- Designar en Planta Permanente en el ámbito del Ministerio de Salud - Dirección General Hospital Regional Río Grande, a la señora Francisca de Lourdes BORBA, D.N.I. N 30.754.122, como agente categoría 17 P.A. y T., a partir del día siguiente de su notificación, otorgándosele un plazo de noventa 90 días para la presentación del certificado de aptitud psicofísica definitivo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial N 1871/94, Anexo I, punto A.2. y de antecedentes penales extendido por el Registro Nacional de Reincidencia.
ARTÍCULO 2- El gasto que demande el presente será imputado a la Unidad de Gestión de Gasto N 8200, Inciso 1 - Gastos en Personal.
ARTÍCULO 3- Notificar a la interesada, comunicar a la Dirección General de Presupuesto, a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial
RIOS
Marisa E. MONTERO
DECRETO N 257

03-02-12

VISTO el expediente N 9476-SD/
2011 del registro de esta Gobernación, y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la creación del Escalafón del personal que integrará la Unidad Provincial de Manejo del Fuego, en el ámbito de la Dirección General de Bosques.
Que la Ley Nacional N 13.273, de Defensa de la Riqueza Forestal norma las responsabilidades y procedimientos a instrumentar para la prevención y lucha contra los incendios forestales.
Que en consonancia con lo preceptuado en dicho marco normativo la Provincia sanciona la Ley Provin-

cial N 145, que instituye en su Capítulo VIII, la Protección Forestal, estableciendo que la Autoridad de Aplicación será la responsable máxima de la coordinación en todo lo referente a incendios forestales y, en especial, en lo atinente a la prevención, presupresión, determinación de áreas críticas y combate, a través de una adecuada vinculación con organismos públicos o privados, municipales, provinciales, nacionales o extranjeros para la consecución de tales objetivos.
Que a los fines de la instrumentación de los mecanismos de articulación preceptuados en la Ley Forestal, por el artículo 51 del Decreto Provincial N 852/1995, reglamentario de la referida Ley Provincial, se crea el Comité de Incendios Forestales, el que es conducido por la Autoridad de Aplicación.
Que en el marco de los lineamientos y criterios de protección y prevención, por el artículo 12 de la Ley Nacional N 26.331 de Presupues-

tos Mínimos para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos, se crea el Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos.
Que la Provincia se encuentra abocada a instituir un sistema integral de prevención de incendios forestales que permita producir información pública oficial referente a incendios ocurridos, estado de campaña y posibles escenarios de siniestros en actividad.
Que es necesario disponer para los operativos de combate de incendios, de un esquema organizativo adecuado al nivel de complejidad del control y al más eficiente y efectivo uso de Recursos Humanos y materiales con que se disponga.
Que la Provincia se halla adherida al Plan Nacional de Manejo del Fuego, debiendo brindar el máximo apoyo posible en materia de recursos humanos y materiales en caso de requerirlo la autoridad nacional.
Que corresponde a las provincias la organización de las estructuras
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 8/2/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha08/02/2012

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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