Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 29/4/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XX te, se generará el derecho a percibir la mejora económica, considerándose apropiado para este caso la cuarta parte del haber del magistrado.
Artículo 7.- No corresponde el pago por subrogancia efectuado como consecuencia de una excusación o recusación entre magistrados de la misma jerarquía en los cuerpos colegiados.
Artículo 8.- Fíjase el plazo perentorio de sesenta 60 días subsiguientes a la terminación de la causa y/o del período considerado, para presentar el reclamo de haberes respectivo, pasado el cual se dará por decaído el derecho a hacerlo.
Artículo 9.- Facúltase al Secretario de Superintendencia y Administración para dictar las normas reglamentarias y adoptar las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de este régimen, de conformidad con los criterios que surgen de la presente Acordada.
Artículo 10.- Las pautas fijadas por esta Acordada rigen los reemplazos que se cumplan a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO TRANSITORIO
Artículo 11.- En función del deber impuesto a todo Tribunal de resolver las cuestiones que integran la continencia, lo prescripto en el artículo anterior no alcanza las peticiones efectuadas por los magistrados en el presente expediente, a las que se aplicará lo resuelto en esta Acordada. Enrique Félix Calot - Conjuez Norma Graciela Rodríguez - Conjuez Juan Manuel Troitiño - Conjuez ACORDADA N 17/2011
En la Ciudad de Ushuaia, Capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los 20 días del mes de abril del año dos mil once, reunidos en Acuerdo los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, Dres. María del Carmen Battaini y Carlos Gonzalo Sagastume, bajo la presidencia de la primera de los nombrados, y CONSIDERANDO:

Ushuaia, Viernes 29 de Abril de 2011 - Nº 2855

Por razones propias del servicio en el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo del Distrito Judicial Sur y atento a la solicitud del titular, Dr.
Guillermo Sebastián Penza, corresponde designar un Auxiliar 3.
Al efecto, teniendo a la vista los antecedentes y de acuerdo al concurso que realizara el mencionado Magistrado, es pertinente designar a la Sra. Frida Constanza Salazar.
Por ello, ACUERDAN:
1 DESIGNAR a la Sra. Frida Constanza Salazar, D.N.I N:
33.753.363, en la categoría inicial del escalafón administrativo: Auxiliar 3 Nivel 3 de la escala de remuneraciones para desempeñarse en el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo del Distrito Judicial Sur, a partir de la toma de posesión del cargo, con sujeción a las disposiciones del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial Acordada N:
120/94 y modificatorias.
Este nombramiento se encuentra sujeto al cumplimiento de los requisitos pertinentes previstos en el citado Reglamento y normas reglamentarias aplicables.
2 HACER PRESENTE al titular de la dependencia la obligación de elevar el informe previsto en el artículo 14 inciso A de dicho Reglamento dentro del período de seis meses de efectiva prestación de servicios, como condición para la adquisición de la estabilidad en el cargo por parte del agente designado.
Con lo que terminó el acto firmando los señores Jueces, quienes disponen se registre, notifique, publique y cumpla la presente, dando fe de todo ello el Sr. Secretario de Superintendencia y Administración.
Se deja constancia que el Sr. Presidente, Dr. Javier Darío Muchnik, no suscribe la presente por encontrarse fuera de la Jurisdicción en uso de licencia.
Dra. María del Carmen Battaini Vicepresidente.Dr. Carlos Gonzalo Sagastume Juez.ACORDADAN: 18/2011
En la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur,
a los 20 días del mes de abril de dos mil once, reunidos en acuerdo los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, Dres.
María del Carmen Battaini y Carlos Gonzalo Sagastume, bajo la presidencia de la primera de los nombrados, y
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dente, Dr. Javier Darío Muchnik, no suscribe la presente por encontrarse fuera de la Jurisdicción en uso de licencia.
Dra. María del Carmen Battaini Vicepresidente.Dr. Carlos Gonzalo Sagastume Juez.-

CONSIDERANDO:
En los casos de excusación y recuLICITACIONES
sación de los Jueces del fuero Civil, Comercial y de Familia, es aproGobierno de la Provincia de piado analizar la conveniencia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur mantener el criterio de que el expediente en dichos supuestos quede radicado en el Juzgado a cargo del Instituto Provincial de Vivienda Juez que debe apartarse.
Teniendo en cuenta que los JuzgaLICITACION PUBLICAIPV
dos de Primera Instancia en lo CiOBRAS Nº 02/11
vil y Comercial poseen idéntica competencia, lo que ocurre asimisOBRA:
mo con los Juzgados de Familia y 72 VIVIENDAS Minoridad, el expediente en el que el Juez se hubiera excusado o fuera B MALVINASARGENTINAS
recusado pasará al otro Juzgado en RIO GRANDE
PRESUPUESTO OFICIAL
el que su titular debe intervenir por ser el subrogante en primer térmi$ 18.075.543,07
no. Cuando se trate de Juzgados Garantía de Oferta:
de distinta competencia, quedará sujeto a decisión del Juez subro$ 180.755,43
gante.
Plazo de Ejecución:
Téngase presente que los Jueces con competencia Civil y Comer- 300 días corridos Obra Básica cial se reemplazan recíprocamente 180 días corridos obra complementaria en primer orden, lo que sucede también con los Jueces de Familia y Minoridad.
Sistema de contratación:
Ajuste Alzado En cuanto a los Juzgados de Instrucción se presenta similar situación, por lo que resulta convenienFECHADEAPERTURA:
24/05/11, a las 11.00 hs.
te establecer respecto a los mismos idéntico régimen.
RECEPCION DE LAS
OFERTAS:
Por ello, ACUERDAN:
Hasta las 10:00 hs. del día 18/05/11
DISPONER que en los casos de excusación y recusación de los JueLUGAR DE RECEPCION:
ces del fuero Civil y Comercial y Instituto Provincial de Vivienda - Río Grande de Familia y Minoridad y de los Juzgados de Instrucción, el expeAv. San Martín Nº 180 - Río Grande diente se radicará en el Juzgado a APERTURADE OFERTAS:
cargo del Juez subrogante. En el caso de Juzgados de distinta comInstituto Provincial de Vivienda petencia se hará lo propio si así lo Av. San Martín Nº 180 - Río Grande resolviera el Juez subrogante.
Con lo que terminó el acto firmando los señores Jueces, quienes disPRECIO DEL PLIEGO:
$ 5.500,00.
ponen se registre y notifique a los Colegios deAbogados de las ciudades de Ushuaia y Río Grande; ordeVENTADE PLIEGOS:
nándose su publicación, dando fe Tesorería IPV: Av. San Martín N
de todo ello el Sr. Secretario de Su180 - Río Grande perintendencia y Administración Tesorería IPV: Francisco González Nº 651 - Ushuaia Se deja constancia que el Sr. Presi-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 29/4/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha29/04/2011

Nro. de páginas67

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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