Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 14/12/2007
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
AÑO XVI -
1
Ushuaia, Viernes 14 de Diciembre de 2007 - Nº 2369
Nº 2369
AÑO XVI
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODEREJECUTIVO
Dn. Hugo Omar COCCARO
Gobernador
Sr.GustavoAlfredoBLANCO
Sr.HoracioHéctorSOSA
Prof.MaríaIsabelCABRERA
Dr. OscarSaúlRUIZ
MinistrodeCoordinacióndeGabineteyGobierno
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación
Ministro de Salud
Dr.MiguelLONGHITANO
Sra. Silvia Beatriz BEBAN
Sra.AnaDelfinaESPARZA
SecretarioLegalyTécnico
SecretarioGeneraldeGobierno
SecretariodeDesarrolloSocial
C.P.N.OscarEmilioCULLOTTA
SecretariodelaRepresentaciónOficialdelGobierno enlaCiudadAutónomadeBuenosAires
Ushuaia, Viernes 14 de Diciembre de 2007
06-12-07 lado efectuado en comisión de servicios del señor Director ProvinARTÍCULO 1- Reconocer y aucial de Coordinación Institucional torizar la Comisión de Servicios a Alejandro Héctor MARIANI, lela Ciudad Autónoma de Buenos gajo N 12291381/00, a la ciudad Aires del señor Subsecretario de Autónoma de Buenos Aires desde Deportes y Juventud de la Proel día 25 y hasta el día 30 de Novincia, Prof. Luis Alberto viembre del año en curso inclusiVÁZQUEZ, entre los días trece ve, por los motivos expuestos en 13 al veintiuno 21 de agosto de los considerandos.
2007, por los motivos expuestos ARTICULO 2- Reconocer la exen el exordio.
tensión de una orden de pasajes por ARTÍCULO 2- Reconocer y aulos tramos Ushuaia - Buenos Aires torizar el reintegro del pasaje aé- - Ushuaia, a favor del funcionario reo por los tramos USHUAIA - mencionado en el Artículo 1.
BUENOS AIRES - USHUAIA, y ARTICULO 3- El gasto que dela liquidación y pago de los viátimande el cumplimiento de la precos correspondientes a favor del sente deberá imputarse a la partidas presupuestarias 1.1.1.03.12.
citado funcionario.
ARTÍCULO 3- El gasto que de- 101.371 y 1.1.1.03.12.101.372
mande el cumplimiento del presendel ejercicio económico y finante deberá ser imputado a las particiero en vigencia.
das presupuestarias del ejercicio ARTICULO 4- Comunicar a quien corresponda, dar al Boletín económico en vigencia.
Oficial de la Provincia y archivar.
ARTÍCULO 4- De forma.
DECRETO Nº 3374
CÓCCARO
María I. CABRERA
DECRETO Nº 3375
CÓCCARO
Horacio H. SOSA
06-12-07 DECRETO Nº 3376
06-12-07
ARTICULO 1º- Reconocer el trasVISTO el Decreto Provincial N
2232/07; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se derogó el Decreto Provincial N 88/07 que creaba el Cuerpo de Supervisión para la EGB 3, Polimodal, T.T.P.
T.A.P y C.E.N.S., y todos los actos administrativos dictados como consecuencia de éste, por las consideraciones vertidas en el Dictamen S.L. y T. N 2982/07, en el que se recomendó al Sr. Gobernador de la Provincia emitir un nuevo decreto contemplando las condiciones puestas de relieve en el dictamen mencionado.
Que los aspectos negativos considerados en el aludido Dictamen, refieren al excesivo rigorismo aplicado en los requisitos de acceso a los cargos mencionados, los que no se encontraban acordes a los precedentes legales existentes en el ámbito nacional y provincial, siendo éstos la Ley Nacional N
14.473, Leyes Provinciales N
630 y N 631, y Decreto Provincial N 3846/04.
Que resulta necesaria la creación del Cuerpo de Supervisión, que garantice la continuidad de la ca-
rrera docente, al personal docente que se desempeña actualmente en el tercer Ciclo de la actual Enseñanza General Básica, la Educación Polimodal, los Trayectos Técnicos y Artísticos Profesionales, y Centros Educativos de Nivel Secundario de la Provincia, hasta tanto se defina la estructura permanente en el ámbito de las negociaciones paritarias.
Que a los efectos de la conformación de la estructura señalada resulta necesaria la determinación de los requisitos exigidos a los aspirantes a conformarla.
Que personal directivo de diversas instituciones Educativas de EGB 3 Polimodal, TTP y TAP, de la Ciudad de Río Grande ha requerido de manera expresa la creación de un nuevo cuerpo de Supervisión.
Que el ARTÍCULO 17 de la Ley Nacional de Educación N 26.206, estructura el Sistema Educativo Nacional en cuatro 4 niveles, la Educación Inicial, la Educación Primaria, la Educación Secundaria y la Educación Superior, y ocho 8 modalidades, entre las que se encuentran la Educación Técnico
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"