Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 20/7/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XVI -

Ushuaia, Viernes 20 de Julio de 2007 - Nº 2309

VISTO los Decretos Provinciales en virtud de lo dispuesto por el N 1470/07 y 1618/07; y artículo 135 de la Constitución Provincial.
CONSIDERANDO:
Que mediante el Anexo II de diPor ello:
chos instrumentos se designaron a EL GOBERNADOR DE LA
los Síndicos Titulares y Suplentes PROVINCIA DE TIERRA DEL
de la Sociedad RECURSOS NAFUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
TURALES SOCIEDADANONIDEL ATLANTICO SUR
MA RE.NA.SA..
D E C R ETA:
Que a fs. 142 vuelta del expediente N 5972-MC-2006, se solicita dejar ARTICULO 1- El Gobierno de la sin efecto los Anexos mencionados Provincia expresa su profundo pecorrespondiendo así resolverlo.
sar por la desaparición de quien en Que el suscripto se encuentra favida el fuera Legislador Dn. Raúl cultado para dictar el presente acto Oscar RUIZ, declarándose Duelo administrativo en virtud de lo disProvincial por el término de tres puesto por el artículo 135 de la 3 días, a partir del día de la fecha.
Constitución Provincial.
ARTICULO 2- Establecer el izamiento a media asta del Pabellón Por ello:
Nacional y Pabellón Provincial en EL GOBERNADOR DE LA
todos los edificios públicos de la PROVINCIA DE TIERRA DEL Provincia en virtud de lo dispuesFUEGO, ANTARTIDA E ISLAS to en el artículo precedente.
DEL ATLANTICO SUR
ARTICULO 3- De forma.
D E C R ETA:
COCCARO
ARTICULO 1- Dejar sin efecto Enrique H. VALLEJOS
el Anexo II de los Decretos Provinciales N 1470/07 y 1618/07, DECRETO Nº 1947 13-07-07
por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 1- Comunicar su ARTICULO 2- Notificar a quietraslado a la Ciudad Autónoma de nes corresponda, comunicar, dar al Buenos Aires, a partir del día de la Boletín Oficial de la Provincia y fecha.
archivar.
ARTICULO 2- Dejar en Ejercicio del Poder Ejecutivo a la señora COCCARO Vicepresidente 1 a cargo de la PreEnrique H. VALLEJOS sidencia de la Legislatura Provincial, Legisladora Dña. Angélica DECRETO Nº 1944 13-07-07 GUZMAN, a partir de la fecha indicada en el artículo 1.
ARTICULO 1-Acéptese la renunARTICULO 3- El presente genecia presentada por el Señor Minisrará gastos de pasajes y viáticos.
tro de Economía, C.P.N. Julio ARTICULO 4- El gasto que deDEL VAL, D.N.I. N 13.684.381, mande el cumplimiento del presena partir del día la fecha.
te deberá ser imputado a la partida ARTICULO 2- De forma.
presupuestaria del ejercicio económico en vigencia.
COCCARO ARTICULO 5- De forma.
Enrique H. VALLEJOS
COCCARO
DECRETO Nº 1946 13-07-07
Enrique H. VALLEJOS
VISTO Y CONSIDERANDO:
El deceso acaecido en el día de la fecha del señor Legislador Dn. Raúl Oscar RUIZ.
Que por lo expuesto y expresando el profundo pesar por la desaparición del Legislador precitado, es procedente declarar Duelo Provincial por el término de tres 3 días, a partir del día de la fecha.
Que el suscripto se encuentra facultado para la emisión del mismo
DECRETO Nº 1948

16-07-07

ARTICULO 1- A partir del día quince 15 de Julio de 2007, el suscripto reasume sus funciones.
ARTICULO 2- De forma.
COCCARO
VALLEJOS
RESOLUCION MINISTERIO
DE EDUCACION

RESOL. Nº 1144

12-06-07

RESOLUCION
MINISTERIO DE SALUD

VISTO La Ley Nacional de Educación N 26.206, el Decreto ProRESOL. Nº 000306
04-04-07
vincial N 088/07 y su rectificatorio N 717/07, y VISTO la Nota D.P.S. Nº 77/07; y CONSIDERANDO:
Que mediante los Decretos mencionado en el Visto se crea la estructura de Supervisión de EGB 3, Polimodal, Trayectos Técnicos Profesionales y Trayectos Artísticos Profesionales.
Que a los efectos de la materialización de las acciones propias de la estructura de Supervisión mencionada en el considerando que antecede, es necesario determinar las Misiones y Funciones de cada uno de los cargos que la componen.
Que en la determinación de las misiones y funciones aludidas, se ha tenidoenconsideraciónlaimplementación gradual en la Provincia, de la nueva transformación educativa a iniciarse a partir del periodo escolar 2008 en los plazos y el modos dispuestos por el artículo 130 S.s y C.c de la Ley Nacional N 26.206.
Que la suscripta se encuentra facultada para la emisión del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en la Ley Provincial en el artículo 11º de la Ley Provincial 703.
Por ello:
LA MINISTRO DE
EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1- Establecer como misiones y funciones de cada uno de los cargos que conforman la estructura de Supervisión de EGB 3, Polimodal, TTP y TAP, creada mediante Decreto Provincial N 088/
07 y su rectificatorio N 717/07, las que se detallan en los ANEXOS
I, II, y III, que forman parte integrante de la presente, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2- Notificar con copia certificada de la presente, a los docentes que se encuentran ocupando consituaciónde revista Interino,cada uno de los cargos que conforman la estructura de Supervisión creada mediante el Decreto Provincial N 088/
07 y su rectificatorio N 717/07 mencionado en el VISTO.
ARTÍCULO 3- Comunicar a quienes más corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se eleva la planificación anual de los programas vigentes en la órbita de la Dirección de Programas Sanitarios de Tierra del Fuego.
Que los citadas programas se establecieron con diferentes criterios, que tuvieron en cuenta, entre otros, el diagnóstico de situación de salud, la priorización de problemas, realizada en diferentes oportunidades por referentes del equipo de salud, la existencia de programas nacionales que brindan soporte técnico y material a la provincia.
Que cada programa tiene asignado en la Estructura del Ministerio un Responsable y un Subresponsable, intentando que todos los programas tengan un referente en cada ciudad.
Que la Dirección de Programas Sanitarios DPS respeta la diversidad en los mecanismos de planificación y diseño de actividades, considerando que el intercambio enriquece el proceso de planificacióngestión.
Que a partir del año 2007 se propuso avanzar en el proceso de planificación hacia una modalidad estratégica, que ha resultado muchas veces compleja de desarrollar, habiéndose propuesto el diseño de actividades para el año se efectuara discriminado por departamento, siendo responsable de la planificación y ejecución el referente de cada programa en cada departamento.
Que se hace necesario aprobar la planificación anual de los mismos, los que como Anexo I al X forman parte integrante de la presente.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de los previsto en el artículo 12 de la Ley Provincial N 703 y el Decreto Provincial N 2854/05.
Por ello:
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

ARTICULO 1º-Aprobar la planificación anual de los programas vigentes en la órbita de la Dirección de Programa de Salud, que se detaCABRERA llan: Programa Provincial Mater-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 20/7/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha20/07/2007

Nro. de páginas71

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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