Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 9/10/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XV - Ushuaia, Lunes 09 de Octubre de 2006 - Nº 2200
Art. 127 sgtes. y ccdtes. y el Art.
133 sgtes. y ccdtes., de la Ley Provincial 141 de Procedimiento Administrativo.
ARTICULO 4- Remitir copia de la presente Resolución a la Subsecretaría de Recurso Humanos, a la División de Recursos Humanos del Hospital Regional Ushuaia y a la Dirección General de Sumarios de la Secretaría Legal y Técnica.
ARTICULO 5- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

Sospechoso o Brote de E.T.As., conforme Anexo III.
ARTICULO 4- Comunicar a todas las áreas que integran la Comisión Provincial de E.T.As., para su cumplimiento, amplia difusión y disponer que el Anexo II esté a la vista de todo el personal de las áreas involucradas que participan en la metodología de investigación de brotes de E.T.As.
ARTICULO5- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

GUIDLEVICH

GUIDALEVICH

rriente año, a la ciudad de Ushuaia.
Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Establecer que la presente comisión de servicio no generó gastos de pasajes ni viáticos al Estado Provincial.
ARTICULO 3- Notificar a los interesados, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
GUIDALEVICH
RESOL. N 001008

RESOL. N 001004

14-07-06

VISTO la Resolución M.S. N 844/
06 referente a la conformación de la Comisión Provincial de E.T.As.
- Enfermedades Transmitidas por Alimentos; y la presentación del "Documento sobre: Metodologías de Acción Ante la Presencia de un Caso o Brote de E.T.A.s, elaborado por dicha Comisión, que fuera aprobado en las reuniones efectuadas en la Localidad de Tolhuin por Actas N 3 y 4"; y CONSIDERANDO:
Que dicha metodología fue consensuada participativamente con todos los integrantes de la Comisión referida.
Que actualmente no existe una metodología de investigación aprobada formalmente para actuar coordinadamente ante la presencia de un caso o brote de E.T.As.
Que es necesario disponer de un instrumento que contemple las actividades a llevar a cabo por cada uno de los componentes que intervienen en la investigación y control de un caso o brote de ETAs.
Que esta metodología permitirá eficientizar el logro de los objetivos de la investigación de las ETAs como son:
reconocer y controlar las fuentes de producción, recomendar medidas para el control de las mismas y prevenir eventos similares, identificar factores de riesgo y puntos críticos en la cadena alimentaria, entre otros.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en virtud de lo previsto en el artículo 15 de la Ley Provincial 617 y el Decreto Provincial N 3821/05.
Por ello:
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELV E:
ARTICULO 1- Aprobar la Metodología de Acción ante la Presencia de un Caso o Brote de E.T.As., según Anexo I.
ARTICULO 2- Aprobar la Ficha de Notificación Epidemiológica de Caso Sospechoso de E.T.As., conforme Anexo II.
ARTICULO 3- Aprobar el Flujograma de Notificación de Caso
RESOL. N 001005

14-07-06

ARTICULO 1- Rechazar el Recurso de Reconsideración impetrado por la agente Nora PINCOL, legajo N 14653193/00, categoría 18 P.A.y T., contra la Resolución M.S. N
0131/06 por los motivos expuestos en los considerandos y en el Dictamen S.L.y T. N 1705/06.
ARTICULO 2- Notificar a la agente Nora PINCOL, legajo N
14653193/00, categoría 18 P.A.y T., con copia de la presente Resolución y del Dictamen S.L.y T. N 1705/
06, haciéndole saber que podrá ampliar o mejorar los fundamentos de su recurso, en el término establecido en el Art. 132 de la Ley de Procedimiento Administrativo N 141.
ARTICULO 3- Elevar el expediente N 004743MS/06 al Sr. Gobernador de la Provincia, como órgano superior inmediato, a efectos de entender en el Recurso Jerárquico planteado en subsidio.
ARTICULO 4- Remitir copia de la presente Resolución a la Subsecretaría de Recursos Humanos y a la Dirección General de Sumarios.
ARTICULO 5- Comuníquese a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
GUIDALEVICH
RESOL. N 001006

14-07-06

ARTICULO 1- Reconocer y autorizar la comisión de servicio efectuada por la profesora ZANONE, Gabriela Alejandra, legajo N
171815532/00, el día 12 de julio del presente año, para trasladarse a la comuna de Tolhuin. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
GUIDALEVICH
RESOL. N 001007

14-07-06

ARTICULO 1- Reconocer la comisión de servicio efectuada por los agentes detallados en el Anexo I de la presente, el 07 de julio del co-

14-07-06

VISTO la Ley Nacional N 17565, su Decreto Reglamentario N 7123/
68, el Decreto de la Provincia de Tierra del Fuego N 2988/93 y Resolución del Ministerio de Salud de la Nación Argentina N 17/06; y
cas y/o jurídicas que en la actualidad estén habilitadas como Droguería, contarán con un plazo de trescientos sesenta y cinco 365 días corridos para dar cumplimiento de la presente Resolución.
ARTICULO 4- El pago de arancel de habilitación estará sujeto a la Ley Tarifaría vigente.
ARTICULO 5- El incumplimiento de la presente resolución dará lugar a la iniciación del sumario pertinente y a la implementación de las sanciones correspondientes establecidas en la Ley 17.565
de actividad farmacéutica.
ARTICULO 6- Notifiquese a las Direcciones de Fiscalización Sanitaria Ushuaia y Río Grande para su cumplimiento.
ARTICULO 7- De forma.
GUIDALEVICH

CONSIDERANDO:
Que en la normativa vigente no se establecen exigencias edilicias, de estructura, equipamiento y funcionamiento para la habilitación de droguerías.
Que se hace necesario establecer los requisitos a cumplimentar, para obtener la correspondiente habilitación de droguerías.
Que resulta procedente aprobar los requisitos establecidos para la habilitación de droguerías, elaborados por la Dirección de Fiscalización Sanitaria Ushuaia.
Que las Direcciones de Fiscalización Sanitaria, de la ciudad de Ushuaia y Río Grande, poseen la facultad dentro del ámbito de su jurisdicción, de controlar, realizar las inspecciones pertinentes y otorgar habilitación del establecimiento cuando así lo consideren.
Que se acuerda un plazo de trescientos sesenta y cinco 365 días para que los establecimientos habilitados en carácter de Droguería, reúnan los requisitos que se detallan.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, acorde a lo previsto en el Artículo 15 de la Ley Provincial N 617 y Decreto Provincial N 3821/05.
Por ello:
EL MINESTRO DE SALUD
RESUELVE:

RESOL. N 001009

14-07-06

S de la Resolución M.S. N 0842/
06, donde dice: "Ciudad Autónoma de Buenos Aires", debe decir: "ciudad de Ushuaia". Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
GUIDALEVICH
RESOL. N 001010

14-07-06

ARTICULO 1- Designar al agente Alberto Eladio PEREZ, legajo N 11257477/00, categoría 21 P.A.y T., como Jefe del Departamento Centro Asistencial Tolhuin, a partir del día 1
de julio de 2006, en los términos y condiciones establecidas en los Decretos Provinciales Nros. 741/04 y 2666/04.
ARTICULO 2- Liquidar a favor del agente citado en el artículo precedente, el Adicional Función Jerárquica equivalente a Jefe de Departamento, acorde a lo previsto en el Punto VII, Anexo I del Decreto Provincial N 2677/06.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
GUIDALEVICH

ARTICULO 1- Apruébese los requisitos establecidos para la habilitación de droguerías, elaborados por la Dirección de Fiscalización Sanitaria Ushuaia, que se detallan en los Anexos I, II y III, que forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2- Facúltese a las Direcciones de Fiscalización Sanitaria, de la ciudad de Ushuaia y Río Grande dentro del ámbito de su jurisdicción, a controlar, realizar las inspecciones pertinentes y otorgar habilitación del establecimiento cuando así lo consideren.
ARTICULO 3- Las personas físi-

RESOL. N 001011

14-07-06

ARTICULO 1- Reconocer la designación de la agente Ana María del Valle HARO, legajo N
13339652/00, categoría 21 P.A. y T., "a cargo" de la Dirección Atención Primaria de Salud, a partir del 14 de julio del corriente año y hasta tanto se reintegre su titular. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 9/10/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha09/10/2006

Nro. de páginas87

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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