Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 2/11/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XIV - Ushuaia, Miércoles 02 de Noviembre de 2005 - Nº 2058

Nº 2058

AÑO XIV

BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
Dn. Mario Jorge Colazo Gobernador
Dn. Hugo Omar Coccaro Vicegobernador
Dr. Enrique Horacio VALLEJOS

Sr. Raúl Horacio BERRONE

Ing. Fabio Adrián ZARATE

Prof. María Isabel CABRERA

Ministro Coordinador de Gabinete
Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación y Cultura
Dr. Alejandro Rubén GUIDALEVICH

Sra. Silvia Beatriz BEBAN

C.P.N. Oscar Emilio CULLOTTA

Secretario General de Gobierno
Secretario de la Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ministro de Salud
Ushuaia, Miércoles 02 de Noviembre de 2005
DECRETO N 3828

27-10-05

ARTICULO 1.- Desígnese Secretario de Juegos del Instituto Provincial de Regulación de Apuestas, al Sr. Armando Antonio AROSTEGUICHAR, D.N.I. N 20.709.930, a partir del día de la fecha.
ARTICULO 2.- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 3829

27-10-05

ARTICULO 1.- Dejar sin efecto la designación efectuada mediante Decreto Provincial N
3816/05 en el cargo de Secretario Unidad Gobernador, a la señora Edith Estela DEL VALLE, D.N.I.
N 16.387.850, a partir del día de la fecha.
ARTICULO 2.- Notifíquese a quienes corresponda, comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia, y archívese.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 3830

27-10-05

ARTICULO 1.- Desígnese Subsecretario de Relaciones Institucionales, a la señora Edith Estela DEL
VALLE, D.N.I. N 16.387.850, a partir del día de la fecha.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias: 111.03.
25.101.

ARTICULO 3.- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 3831

27-10-05

VISTO el expediente N 17543MP/05 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita las modificaciones a la reglamentación en materia de pesca deportiva vigente por Decreto Provincial N
3800/04.
Que en el transcurso de la última temporada de pesca deportiva se ha advertido la necesidad de introducir ciertos cambios técnicos en dicha normativa.
Que las áreas técnicas competentes se han expedido al respecto, realizando sus propuestas.
Que la creación de cotos de pesca debe hacerse de manera pública y participativa, debiendo la Autoridad de Aplicación publicar los ambientes que podrán concesionarse con estos fines.
Que existen ambientes con diferentes parámetros pesqueros en sus comunidades de peces que deben ser evaluados previamente a la concesión del mismo como coto de pesca.
Que corresponde establecer una categorización de los cotos de pesca de acuerdo a la calidad pesquera del ambiente, medida en función de los parámetros pesqueros que la Autoridad de Aplicación
definiere oportunamente para tal efecto.
Que resulta razonable que el monto de canon se corresponda con la calidad pesquera del ambiente, la cual debe determinarse como resultado de la evaluación técnica del mismo, que realizare la Autoridad de Aplicación, a fin de determinar la categoría que le corresponde.
Que se deben establecer medidas para promocionar las actividades recreativas de la comunidad, entre ellas la pesca deportiva.
Que compartiendo dichos cambios, resulta conveniente dictar la normativa uniforme y en un solo acto, en un todo de acuerdo a las observaciones realizadas.
Que según lo establecido en el artículo 12 de la Ley Provincial N
3, el señor Fiscal de Estado ha tomado la intervención correspondiente y efectuado observaciones al Decreto Provincial N 3566/05.
Que por lo expuesto corresponde derogar el Decreto Provincial antes mencionado.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por los artículos 123
y 135 de la Constitución Provincial.

ARTICULO 1.- Derógase el Decreto Provincial N 3800/04 y toda otra norma que se oponga al presente.
ARTICULO 2.- Apruébase la reglamentación de los Capítulos VII y VIII de la Ley Provincial N 244, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3.- Derógase el Decreto Provincial N 3566/05, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 4.- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 3832

ARTICULO l.- Desígnese Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, al Sr. Mauricio Eugenio OYARZO, D.N.I. N 21.816.846, a partir del día de la fecha.
ARTICULO 2.-Remítase a la Legislatura Provincial en virtud de lo establecido en el Artículo 6 de la Ley Provincial N 22.
ARTICULO 3.- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 3833

Por ello:
EL VICEGOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER
EJECUTIVO
DECRETA:

27-10-05

27-10-05

ARTICULO 1.- Desígnese Secretario de Promoción Económica y Fiscal, al señor Ramiro Carlos CABALLERO, D.N.I. N 21.514.789, a partir del día de la fecha.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presen-

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 2/11/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha02/11/2005

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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