Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 6/8/2004
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
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AÑO XIII - Ushuaia, Viernes 06 de Agosto de 2004 - Nº 1867
MANI, D.N.I. N 18.772.615, como agente categoría 17 P.A. y T., a partir del día siguiente de su notificación, otorgándosele un plazo de noventa 90 días para la presentación del Certificado Psicofísico Definitivo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial N 1871/
94, Anexo I, punto A.2.
ARTICULO 2- El gasto que demande el presente será imputado a la partida presupuestaria N 1-1-1-0320-104.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Daniel H. NOVOA
DECRETO N 2694
30-07-04
ARTICULO 1- DESIGNAR en Planta Transitoria - Jurisdicción 20
- Ministerio de Salud - Unidad Ejecutora 104 - Hospital Regional Ushuaia, a la señora Stella Maris
PUSINO, D.N.I. N 25.129.933, como agente categoría 17 P.A.y T., a partir del día siguiente de su notificación, otorgándosele un plazo de noventa 90 días para la presentación del Certificado Psicofísico Definitivo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial N 1871/
94, Anexo I, punto A.2.
ARTICULO 2- El gasto que demande el presente será imputado a la partida presupuestaria N 1-1-1-0320-104.
ARTICULO 3- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Daniel H. NOVOA
DECRETO N 2695
30-07-04
ARTICULO 1- Designar en Planta Transitoria - Jurisdicción 20 - Ministerio de Salud - Unidad Ejecutora 104 - Hospital Regional Ushuaia al señor Carlos Raúl RACERO, D.N.I. N 25.175.905, como agente categoría 15 P.A. y T., a partir del día siguiente de su notificación, otorgándosele un plazo de noventa 90
días para la presentación del Certificado Psicofísico Definitivo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial N 1871/94, Anexo I, punto A.2.
ARTICULO 2- El gasto que demande el presente será imputado a la partida presupuestaria N 1-1-1-0320-104.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Daniel H. NOVOA
DECRETO N 2696
30-07-04
ARTICULO 1- Designar en Planta Transitoria - Jurisdicción 20 - Ministerio de Salud - Unidad Ejecutora 104 - Hospital Regional Ushuaia, al señor Enrique Eduardo BULLAUDE, D.N.I. N 13.806.581, como agente categoría 15 P.A. y T., a partir del día siguiente de su notificación, otorgándosele un plazo de noventa 90 días para la presentación del Certificado Psicofísico Definitivo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial N 1871/94, Anexo I, punto A.2.
ARTÍCULO 2- El gasto que demande el presente será imputado a la partida presupuestaria N 1-1-1-0320-104.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Daniel H. NOVOA
DECRETO N 2697
30-07-04
ARTICULO 1- Designar en Planta Transitoria - Jurisdicción 20 - Ministerio de Salud - Unidad Ejecutora 104 - Hospital Regional Ushuaia, al señor Rene FERNANDEZ HUALLPA, D.N.I. N 18.771.356, como agente categoría 17 P.A. y T., a partir del día siguiente de su notificación, otorgándosele un plazo de noventa 90 días para la presentación del Certificado Psicofísico Definitivo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial N 1871/94, Anexo I, punto A.2.
ARTICULO 2- El gasto que demande el presente será imputado a la partida presupuestaria N 1-1-1-0320-104.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Daniel H. NOVOA
DECRETO N 2698
30-07-04
VISTO el expediente N 8441/04 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el convenio Marco suscripto entre la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano del Ministerio de Desarrollo Social, representada por el señor Secretario de Políticas Sociales y Desarrollo Humano, Lic.
Daniel Fernando ARROYO y la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por la señora Ministro de Desarrollo Social, A.S Myriam FRANCISQUINI.
Que el mencionado Convenio se suscribió con fecha diecisiete 17 de mayo de 2004 y se encuentra registrado bajo el N 9813.
Que por lo tanto resulta procedente
su ratificación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Ratificar en todos sus términos el Convenio Marco suscripto entre la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano del Ministerio de Desarrollo Social representado por el señor Secretario de Políticas Sociales y Desarrollo Humano, Lic. Daniel Fernando ARROYO y la Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur representada por la señora Ministro de Desarrollo Social, A.S Myriam FRANCISQUINI, registrado bajo el N 9813, celebrado con fecha diecisiete 17 de mayo de 2004, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2- Remitir copia del presente a la Legislatura Provincial a los fines previstos por los Artículo 105 Inciso 7 y 135 Inciso 1
de la Constitución Provincial.
ARTICULO 3- De forma.
COLAZO
Myriam B. FRANCISQUINI
DECRETO N 2699
30-07-04
VISTO el Expediente N 4269/04
del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la celebración del Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el Señor Secretario Legal y Técnico Dr. Fernando Horacio DOMINGUEZ POSE y la Señorita Cecilia María Elizabeth PASSADORE.
Que el mismo fue celebrado con fecha veinte 20 de julio de 2004, y se encuentra registrado bajo el N
9857, resultando procedente su ratificación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Ratifíquese en sus diez 10 cláusulas el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo
el N 9857, celebrado con fecha veinte 20 de julio de 2004, entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el Señor Secretario Legal y Técnico Dr. Fernando Horacio DOMINGUEZ POSE y la Señorita Cecilia María Elizabeth PASSADORE
D.N.I.
N
23.219.847, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias del ejercicio económico en vigencia.
ARTICULO 3- De forma.
COLAZO
Juan M. ROMANO
DECRETO N 2700
30-07-04
VISTO el Expediente N 3388/04
del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la celebración del Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el Señor Secretario Legal y Técnico Dr. Fernando Horacio DOMINGUEZ POSE y la Señorita Marina Andrea BERNARDELLO.
Que el mismo fue celebrado con fecha veinte 20 de julio de 2004, y se encuentra registrado bajo el N
9856, resultando procedente su ratificación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Ratifíquese en sus diez 10 cláusulas el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N 9856, celebrado con fecha veinte 20 de julio de 2004, entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el Señor Secretario Legal y Técnico Dr. Fernando Horacio DOMINGUEZ POSE y la Señorita Marina Andrea BERNARDELLO
D.N.I. N 25.997.782, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias del ejercicio económico en vigencia.
ARTICULO 3- De forma.
COLAZO
Juan M. ROMANO