Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 18/9/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XI - Ushuaia, Miércoles 18 de Septiembre de 2002 - Nº 1590

Nº 1590

AÑO XI

BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Ushuaia, Miércoles 18 de Septiembre de 2002
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina PODER EJECUTIVO
Dn. Carlos Manfredotti Gobernador
C.P. Daniel Oscar Gallo Vicegobernador
C.P. Alberto Carlos Revah Ministro Coordinador de Gabinete
Dn. Carlos Claudio Carrera Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia
Dn. Héctor Gaspar Cardozo Ministro de Economía, Obras y Servicios Públicos Dra. María Angélica Santoro Ministro de Educación Dña. Liliana C. Manfredotti Secretaria General
Dr. Raúl Miguel Paderne Secretario Legal y Técnico
Dra. María Rosa Sahad Secretaria de Salud Pública
Dña. Lucía del C. Vichi Romero Secretaria de Acción Social
Dn. Guillermo Jorge Lindl Secretario de Seguridad
Dn. Guillermo Eduardo Torre Secretario de Turismo
Dña. Liliana C. Manfredotti a/c Secretaría de Relaciones Institucionales
Dña. Carmen Nilda Dragicevic Representante Oficial del Gobierno de la Provincia en
Capital Federal
Boletín Oficial de la Provincia Casa de Gobierno Avda. San Martín Nº 450
Subsuelo - CP 9410 Ushuaia Tel.: 0290142-1101/05Int. 1356
Fax 02901 44-1110 Int. 1110

DECRETO N 1473

23-08-02

ARTICULO 1- APLICAR la CESANTIA al Docente Ángel Bernabé CRUZ, Legajo N 7.786.416, en el cargo de profesor de tres 3 horas cátedra titulares semanales de la materia Legislación de la Construcción, correspondientes al Segundo Ciclo Superior Construcciones que el causante debía dictar en el Colegio Técnico Provincial Olga B. de Arko de la Ciudad de Ushuaia, por haber incurrido en más de diez 10 inasistencias injustificadas y consecutivas a su puesto de trabajo en el transcurso del ciclo lectivo del año 1999, por los motivos expuestos en los considerandos, y en el Dictamen S. L. y T.
740/2002.
ARTICULO 2- Dejar constancia en el legajo de baja y en el cuaderno de actuación profesional del Sr. Angel Bernabé CRUZ, que de haberse encontrado de alta en el cargo de cuatro 4 horas cátedra interinas semanales de la materia Construcciones Complementarias, correspondientes al Primer Ciclo Superior Construcciones del Colegio Técnico Provincial Olga. B. de Arko de Ushuaia, hubiera sido pasible de la sanción de cesantía por haber incurrido en más de diez 10 inasistencias continuas injustificadas a su puesto de trabajo durante el año lectivo 1999, por los motivos expuestos en los considerandos y el Dictamen S. L. y T. N
740/2002.
ARTICULO 3- Notificar con copia del presente Decreto, y del Dictamen S. L. y T. N 740/2002, al Sr. Ángel Bernabé CRUZ; haciéndole saber que dentro de los diez 10 días de notificado del presente Decreto, podrá interponer Recurso de Reconsideración de conformidad con lo estipulado por el Artículo 127, sgtes. y ccdtes., de la Ley Provincial N 141 de Procedimiento Administrativo.
ARTICULO 4- Remitir copia autenticada del presente Decreto a la Subsecretaría de Recursos Humanos, a la Junta de Clasificación y Disciplina de E.G.B. 3 y Polimodal, al C.I.N.D.E., y a la Dirección de Sumarios de la Secretaría Legal y Técnica, a sus efectos.

ARTICULO 5- De forma.
MANFREDOTTI
María A. SANTORO
DECRETO N 1474

26-08-02

VISTO el expediente N 7057/02 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo tramita la ratificación de Acta Acuerdo Complementario celebrada con fecha 31 de Julio de 2002, entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el Señor Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación, bajo los términos establecidos en el Acuerdo Marco registrado bajo el N 5209
y ratificado por Decreto provincial N 1123/01 oportunamente.
Que dicha Acta se encuentra registrada bajo el N 6438, resultando procedente su ratificación.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo establecido por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Ratificar en sus ONCE 11 cláusulas el Acta Acuerdo Complementario registrado bajo N 6438, celebrada con fecha 31 de Julio de 2002 entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el Señor Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2- De forma.
MANFREDOTTI
Carlos C. CARRERA
DECRETO N 1475

26-08-02

ARTICULO 1- Reconocer la Comisión de Servicio efectuada por la señora Secretaría de Salud Pública Dra. María Rosa SAHAD y el señor Subsecretario de Administración de Salud, Dn. Fernando Maximiliano ZAPATA, a la ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los días 13 y 14
de agosto de 2002. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Reconocer la extensión de una orden de pasaje por los tramos Ushuaia Buenos Aires-Ushuaia, como así también la liquidación de dos 02 días de viáticos, a favor de cada uno de los funcionarios citados precedentemente.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias 1-1.1.03.16.101.371. y 1.1.1.03.16.101.372 del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
MANFREDOTTI
Carlos C. CARRERA
DECRETO N 1476

26-08-02

ARTICULO 1- Reconocer la Comisión de Servicio efectuada por el Señor Subsecretario de Salud Pública, Dr. Guillermo A. RUCKAUF, a la ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, entre los días 16 y 18
de agosto de 2002. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Reconocer la extensión de una orden de pasaje por los tramos Ushuaia Río Gallegos-Ushuaia, como así también la liquidación de dos 02 días de viáticos, a favor del funcionario citado precedentemente.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias 1-1.1.03.16.101.371. y 1.1.1.03.16.101.372 del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
MANFREDOTTI
Carlos C. CARRERA
DECRETO N 1477

26-08-02

ARTICULO 1- ACEPTAR la re-

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 18/9/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha18/09/2002

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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