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Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 28/3/2022
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Segovia
Boletín Oficial de la Provincia de Segovia Núm. 37
BOPS
Lunes, 28 de marzo de 2022
Pág. 3
50060
DIPUTACIÓN DE SEGOVIA
Asuntos Sociales EXTRACTO DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA
DE SEGOVIA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y EN FAVOR DE LA IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES. AÑO 2022.
BDNS Identif.: 616774
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/
bdnstrans/GE/es/convocatoria/616774
Primero. Objeto:
Las presentes bases tienen por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a Ayuntamientos de la provincia de Segovia con población inferior a 20.000 habitantes, para financiar la organización y desarrollo de actividades y acciones diversas en sus municipios, en materia de igualdad y contra la violencia de género.
Segundo. Entidades beneficiarias:
Ayuntamientos de la provincia de Segovia con población inferior a 20.000 habitantes.
Tercero. Finalidad:
Las subvenciones irán destinadas a dos tipos de modalidades.
MODALIDAD A: ÁMBITO COMUNITARIO: sensibilización de la población en la igualdad y promoción del buen trato, empoderamiento de las mujeres y lucha contra la violencia de género.
MODALIDAD B: ÁMBITO COEDUCATIVO: cooperación con los centros educativos del municipio para el fomento de la igualdad y contra la violencia de género Cuarto. Crédito:
CINCUENTA MIL EUROS conforme a la siguiente distribución:
de hasta VEINTE MIL EUROS 20.000,00 € para la MODALIDAD A
de hasta TREINTA MIL EUROS 30.000,00 € para la MODALIDAD B
En función del número de solicitudes para cada modalidad podrá redistribuirse el crédito, a fin de llegar al mayor número de entidades beneficiarias.
Quinto. Gastos subvencionables:
Se consideran gastos subvencionables todos aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada de conformidad con lo establecido en la base 2, y se encuentren pagados del 1
de enero del 2022 al 30 de noviembre de 2022.
Se excluyen los gastos de inversión.