Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 13/9/2021

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Segovia

Boletín Oficial de la Provincia de Segovia Núm. 110

Lunes, 13 de septiembre de 2021

BOPS
Pág. 39

3. En todo caso, en la tramitación del procedimiento sancionador habrán de tenerse en cuenta los principios que en la materia establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. La competencia para sancionar las infracciones a la presente Ordenanza corresponde al Alcalde.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza entrará en vigor una vez publicada íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia, en los términos exigidos por los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 13/9/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Segovia

PaísEspaña

Fecha13/09/2021

Nro. de páginas41

Nro. de ediciones3399

Primera edición01/01/2003

Ultima edición26/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2021>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930