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Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 9/3/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan
Boletín Oficial
EDICTO
Primer Juzgado Civil de San Juan, cita y emplaza a herederos y/o acreedores de BRISUELA, TEREZA
DISNARDA D.N.I. 2.961.266 a estar en derecho en el plazo de treinta 30 días en autos N 173.152
caratulados: "BRISUELA, TEREZA DISNARDA - S/Sucesorio". Este plazo comenzará a correr desde el día siguiente al de la última publicación y se computará en días corridos, salvo los que correspondieren a ferias judiciales. Publíquese edictos por el plazo de tres 3 días en el Boletín Oficial y en un diario local. Sólo serán declarados herederos quienes justifiquen el vínculo con el causante y acepten la herencia cfr. Art. 2286 y 2293 cc y ss C.C.y C.N.. San Juan, 5 de Marzo de 2020. Fdo.: Mirna Silvana Morales, Jefe de Despacho.N 71.432 Marzo 09/11. $ 80.EDICTO
Octavo Juzgado Civil, Comercial y Minería de San Juan, cita y emplaza por el plazo de treinta días a herederos y acreedores de HILDA RODRIGUEZ, DNI N 6.723.296, en autos N 173.409, caratulados: "RODRIGUEZ, HILDA - S/Sucesorio". Hágase saber que sólo se incluirán en la declaratoria de herederos a los titulares de la vocación hereditaria que, además de justificar el vinculo con el causante, acepten la herencia en forma expresa o se acredite en autos que ha existido aceptación tácita de la misma, conforme Art. 2294 del Código Civil y Comercial de la Nación. Ello sin perjuicio del derecho que asiste a los coherederos y acreedores de hacer uso de la facultad que le otorga el Art. 2289 del mismo cuerpo legal. Publíquese por tres días en Boletín Oficial y en un diario local. San Juan, 4 de Marzo de 2020.
Fdo.: Alejandra Morales, Jefe de Despacho.N 71.436 Marzo 09/11. $ 80.EDICTO
Octavo Juzgado Civil, Comercial y Minería de San Juan, cita y emplaza por el plazo de treinta días a herederos y acreedores de VICTOR HUGO VI-
San Juan, Lunes 9 de Marzo de 2020
LLAR, LE N 7.692.044 en autos N 173.455, caratulados: "VILLAR, VICTOR HUGO - S/Sucesorio". Hágase saber que sólo se incluirán en la declaratoria de herederos a los titulares de la vocación hereditaria que, además de justificar el vínculo con el causante, acepten la herencia en forma expresa o se acredite en autos que ha existido aceptación tácita de la misma, conforme Art. 2294 del Código Civil y Comercial de la Nación. Ello sin perjuicio del derecho que asiste a los coherederos y acreedores de hacer uso de la facultad que le otorga el Art. 2289 del mismo cuerpo legal. Publíquese por tres días en Boletín Oficial y en un diario local.
San Juan, 4 de Marzo de 2020. Fdo.: Alejandra Morales, Jefe de Despacho.N 71.441 Marzo 09/11. $ 80.EDICTO
El 5 Juzgado Civil, en los autos N 172.440, caratulados: "RIVEROS, ELEUTERIO PRIRNO S/Sucesorio, cita y emplaza en el término de 30
días a herederos y acreedores de ELEUTERIO
PRIRNO RIVEROS. Publíquense edictos por 3 días en el Boletín Oficial y en un diario local.- Fdo.: Carlos Fernández Collado, Juez. San Juan, 26 de Diciembre de 2019. Fdo.: Dra. Paola Cassab Bianchi, Secretaria.N 71.429 Marzo 09/11. $ 80.EDICTO
El 5 Juzgado Civil, en los autos N 172.430, caratulados: "CUELLO, MARIA DEL CARMEN S/Sucesorio, cita y emplaza en el término de 30
días a herederos y acreedores de MARIA DEL CARMEN CUELLO. Publíquense edictos por 3 días en el Boletín Oficial y en un diario local.- Fdo.: Carlos Fernández Collado, Juez. San Juan, 4 de Febrero de 2020. Fdo.: Dra. Paola Cassab Bianchi, Secretaria.N 71.430 Marzo 09/11. $ 80.-
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