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Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 23/9/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan
Boletín Oficial
Que eliminar el bono de consulta en el Formulario pre impreso por D.O.S., permite una preservación del medio ambiente; encontrándose el sistema informático de D.O.S. lo suficientemente capacitado como para efectuar exclusivamente la emisión y expendio en la modalidad on line de la prestación "Bono Consulta";
Que a los afiliados que posean bonos consulta en Formularios pre impresos Consulta Médica incluidas todas las especialidades incluida Oftalmología, debe asegurárseles sus derechos en cuanto a la modalidad de cambio, valor y vigencia para evitar la caducidad;
Que por error se consignó erróneamente la numeración de los Artículos, por ello se procede a derogar la Resolución N 6636-I-2019;
Que ha tenido la debida intervención la Asesoría Letrada;
Que tiene su respaldo jurídico en la Ley 216-Q-, por ello las Autoridades de D.O.S. proceden a dictar la presente norma legal;
POR ELLO, y en uso de las facultades conferidas por Decreto N 1704-G-2015:
EL INTERVENTOR DE LA
DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL
RESUELVE
ARTÍCULO 1: Establécese que la D.O.S. emitirá y venderá bonos consulta en los formularios pre impresos Consulta Médica, todas las especialidades incluida Oftalmología, hasta el 19 de Setiembre del corriente año, de acuerdo a los considerandos.ARTÍCULO 2: El afiliado que posee bonos consulta en formularios pre impresos vigentes hasta esta fecha, podrá presentarse para cambiarlos sin cargo en Sede Central, Delegaciones Departamentales de D.O.S. o través del 0800 999 6666, los mismos serán sustituidos en el sistema informático de D.O.S., creándose su equivalente en la modalidad on line.
San Juan, Lunes 23 de Septiembre de 2019
Estos pueden ser cambiados durante su tiempo de vigencia temporal Fecha consignada en el Formulario de D.O.S., es decir ocho 8 meses desde la fecha de emisión, vencido ese plazo carecen de validez automáticamente.
El afiliado no debe abonar diferencia de valor, entre el momento de emisión y el de cambio.ARTÍCULO 3: Deróguese las Resoluciones N
3175-I-2014, 6636-I-2019 y toda norma legal que se oponga a la presente.ARTÍCULO 4: Regístrese, Publíquese en Boletín Oficial, Diario de Mayor Circulación y Archívese.
RESOLUCIÓN N 06726-I
San Juan, 17 de Septiembre de 2019.VISTO:
Las Resoluciones N 6635-I-2019, de registro de la Dirección DE OBRA SOCIAL y la Ley 216-Q-, y;
CONSIDERANDO:
Que en instrumento legal antes mencionados, se establece como se van a eliminar los bonos en formularios pre impresos emitidos por la Dirección DE
OBRA SOCIAL, efectuándose exclusivamente a través de la modalidad on line;
Que la presente, aclárese que son todos los bonos pre impresos Consulta Médica incluida todas las especialidades incluida Oftalmología;
Que por ello se emite la presente aclaratoria;
Que ha tenido la debida intervención la Asesoría Letrada;
Que tiene su respaldo jurídico en la Ley 216-Q-, por ello las Autoridades de D.O.S. proceden a dictar la presente norma legal;
POR ELLO, y en uso de las facultades conferidas por Decreto N 1704-G-2015:
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