Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 12/6/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
contrataciones, a los que deberán ajustarse las oficinas de compras de las distintas Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Provincial.
5. Requerir de las distintas oficinas de compra el programa anual de contrataciones para su evaluación, difusión e inclusión en la programación financiera.
6. Organizar licitaciones de productos estandarizados, con entregas parciales o imputación a los distintos Organismos que los requieran.
7. Dictar normas y procedimientos que integrarán el sistema de compras y contrataciones del Estado Provincial conforme la legislación vigente.
8. Asesorar al Gobierno Provincial respecto de las políticas de compras y contrataciones.
9. Asesorar a las Oficinas de Compras y Contrataciones en aspectos legales y administrativos de la materia.
10. Organizar, mantener y actualizar un Registro Único de Proveedores y Contratantes del Estado Provincial y un Registro de Beneficiarios Especiales.
11. Administrar el Catálogo de Bienes y Servicios del Sistema Integrado de Información Financiera.
12. Auditar la recepción y/o stock de bienes o servicios cuando la autoridad superior lo considere conveniente.
13. Organizar y mantener un archivo de las transacciones realizadas a efectos de disponer de la totalidad de la información de compras y contrataciones del Estado Provincial.
14. Elaborar y difundir la información de precios de referencia, de modo de orientar a las estructuras de Compras de los Organismos respecto de las condiciones del mercado y supervisar sus operaciones.
15. Disponer, cuando lo considere necesario, la participación de instituciones especializadas en la práctica de análisis de materiales, respecto de los bienes o artículos recibidos en las operaciones de compra de los Organismos del Estado Provincial.
16. Participar como representante activo en las actividades organizadas por la Red Federal de Contrataciones Gubernamentales.
17. Informar a los Organismos de Control Interno, las gestiones relacionadas con determinadas operaciones de adquisición sobre las cuales consideren necesaria la verificación, a efectos de que se auditen los procedimientos.
18. Coordinar, aplicar y supervisar el Sistema de Gestión y Carga de Combustible vigente en la Provincia.

San Juan, Martes 12 de Junio de 2018

19. Capacitar, en materia de compras y contrataciones, a los agentes y funcionarios dependientes del Poder Ejecutivo.
20. Colaborar con el Ministerio de Hacienda y Finanzas en el establecimiento de la estructura organizativa y funcional interna de la Oficina Central de Contrataciones, asignando funciones, actividades y tareas a los demás niveles estructurales de la misma.
21. Ejecutar las demás funciones que se le asignen reglamentariamente.
ARTÍCULO 4: Dependerán de la Dirección de la Oficina Central de Contrataciones los Departamentos de Normas, Operaciones y Registro de Proveedores del Estado, de acuerdo a lo consignado en el ANEXO I
que forma parte del presente Decreto Acuerdo, siendo su funciones propias:
4.ASerán funciones del Departamento de Normas, sin perjuicio de las que le asigne el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Dirección citada precedentemente, las que se detallan a continuación:
1. Entender en todo lo concerniente a los aspectos legales de la Oficina Central de Contrataciones.
2. Establecer y difundir las normas que deben cumplir tanto los funcionarios como los proveedores respecto del sistema de compras y contrataciones del Estado Provincial.
3. Asesorar, apoyar y evacuar consultas a través de los medios que se dispongan, que realicen las diferentes Oficinas de Compras del Estado Provincial, en los aspectos legales de las contrataciones que éstas realicen.
4. Asesorar a los distintos Organismos del Poder Ejecutivo en la elaboración de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y verificar el cumplimiento de los requisitos para la elaboración de los mismos, establecidos en el Pliego General de Bases y Condiciones.
5. Capacitar a los agentes y funcionarios de las Oficinas de Compras de los Organismos del Poder Ejecutivo, y a los proveedores en materia de sistemas, procedimientos y modalidades de compras y contrataciones.
4.B-Serán funciones del Departamento Operaciones, sin perjuicio de las asignadas por el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Dirección de la Oficina
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 12/6/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaísArgentina

Fecha12/06/2018

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1785

Primera edición17/05/2016

Ultima edición22/07/2024

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